Jueves, 25 de Abril de 2024

Confuso trato a litigios contra Real Legacy

Puerto RicoEl Nuevo Dia, Puerto Rico 20 de mayo de 2019

Mientras todavía quedan pendientes de pago miles de reclamaciones contra Real Legacy Assurance, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió recientemente una opinión a fin de aclarar qué debe suceder con un litigio que involucra un asegurador en liquidación

Mientras todavía quedan pendientes de pago miles de reclamaciones contra Real Legacy Assurance, el Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió recientemente una opinión a fin de aclarar qué debe suceder con un litigio que involucra un asegurador en liquidación.
En una disputa que nada tiene que ver con la temporada ciclónica de 2017, el alto foro judicial de la isla estableció que cualquier litigio en curso contra un asegurador en liquidación debe quedar suspendido por un plazo de seis meses para que la entidad sucesora pueda prepararse para tomar el caso.
Real Legacy colapsó el año pasado, luego de encarar un menoscabo que superaba $120 millones como secuela de los huracanes Irma y María. A principios de este año, luego de la intervención de la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS), se solicitó la liquidación del asegurador que operaba como subsidiaria de Grupo Seguros Múltiples.
La jueza Elisa Fumero Pérez emitió la orden para liquidar los activos de Real Legacy el pasado 18 de enero.
"Debido a que este tipo de seguro está a su vez cubierto por la Asociación de Garantía de Seguros Misceláneos de Puerto Rico, respondemos en la negativa. En consecuencia, resolvemos que, en tales casos, lo único que procede es paralizar temporeramente el pleito judicial para otorgarle tiempo a esta entidad a que comparezca al mismo en sustitución de la aseguradora insolvente y defienda la reclamación entablada en su contra", reza la opinión del Tribunal Supremo emitida el pasado 9 de abril.
El alto foro tenía ante su consideración un litigio entre Iris Beth Rodríguez Quiñones y Longhorn Steakhouse Restaurant y la aseguradora Real Legacy cuando Fumero Pérez acogió la recomendación de la OCS para liquidar al asegurador de propiedad y contingencia.
De acuerdo con la decisión del alto foro, Rodríguez Quiñones alegó con éxito que recibió daños a su salud luego de haber ingerido en el restaurante una bebida servida en un recipiente con partículas de cristal en su interior. Por tales eventos, según la decisión, Rodríguez Quiñones prevaleció en el foro de primera instancia, lo que implicaría que el seguro de responsabilidad pública suscrito por Real Legacy a favor de Longhorn debía responder. El Circuito de Apelaciones revocó el fallo, pero inconforme, la consumidora acudió al Supremo.
El reclamo de Real Legacy
Luego de la temporada ciclónica de 2017, Real Legacy no solo recibió miles de reclamaciones sino, al parecer, varias decenas de demandas una vez no pudo cumplir con el pago de reclamaciones.
El sistema de consulta de casos de la Rama Judicial da cuenta de por lo menos 50 casos en curso donde Real Legacy es demandado o parte demandada, y que fueron radicados desde el 2017 hasta la semana pasada. Muchos aparecen inactivos en etapa de postsentencia y entre las causales más frecuentes figuran caídas, reclamaciones de vehículos de motor e incumplimiento de contrato.
El Código de Seguros establece, en su artículo 40.210, que cuando un asegurador se encuentra en proceso de liquidación, hay un plazo de seis meses en que se paraliza cualquier procedimiento judicial contra este.
Al parecer, en un intento por detener el caso de Rodríguez Quiñones a la luz de dicha sección, Real Legacy acudió al Supremo y pidió desestimar o paralizar el litigio. Ello, porque en otras instancias, cuando ha habido un caso en curso contra un asegurador en liquidación, se ha optado por que el tribunal desestime el caso para que el demandante radique una nueva reclamación de seguros ante la entidad sucesora, en este caso, la Asociación de Garantías.
El proceso de liquidación de un asegurador requiere que una vez se produce dicho evento, los asegurados de la empresa tendrán que someter nuevamente sus reclamaciones para que estas se atiendan por la Asociación de Garantías.
Empero, señalando que se trataba de un asunto procesal, el alto foro decidió expresarse.
"Este tribunal ha explicado en varias ocasiones que, como norma general, los pleitos pendientes contra el asegurador insolvente deben ser desestimados y remitidos al foro que administra el procedimiento de liquidación", reza la opinión del Supremo. "No obstante, existen reclamaciones que, a modo excepcional, no tienen que ser desestimadas y remitidas al foro de liquidación".
Así las cosas, el Supremo estableció que lo que procede en el caso de la consumidora es detener el litigio y, en paralelo, que esta radique una reclamación contra la Asociación de Garantías, como entidad sucesora de Real Legacy.
La decisión del Supremo tendría el efecto de clarificar cómo deben actuar los tribunales cuando se produce una liquidación.
Empero, en el caso de Real Legacy, El Nuevo Día supo que a pesar de lo dispuesto en el Código de Seguros, el oficial liquidador ha tenido que seguir compareciendo a múltiples litigios en contra del asegurador al tiempo que debe depurar miles de reclamaciones de personas y empresas que resultaron perjudicadas por los huracanes Irma y María en el 2017.
El período de 90 días para radicar las nuevas reclamaciones contra Real Legacy expiró a mediados de abril pasado y el oficial liquidador habría recibido unas 6,000 reclamaciones.
Empero, el proceso para presentar las nuevas reclamaciones se extendió hasta este mes para asegurados de Real Legacy en Islas Vírgenes estadounidenses.

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