Viernes, 19 de Abril de 2024

Sala reitera que interpretación que hizo jueza Rutherford de fallo de TC se ajustó a derecho

ChileEl Mercurio, Chile 16 de julio de 2019

Sentencia dice que "existe una resolución en la causa que fija el ámbito de la suspensión, y (la ministra) se sometió a ella".

Por cinco votos contra uno, la Corte Suprema rechazó el segundo recurso de amparo presentado por la defensa del ex comandante en jefe del Ejército Humberto Oviedo, con el que intentó impugnar el procesamiento que afecta a su representado por la malversación de más de $4.500 millones provenientes de gastos reservados.
La Sala Penal -como la vez anterior- confirmó el fallo de la Corte Marcial, que había desechado la acción constitucional.
Haciendo propias las argumentaciones del tribunal castrense, los supremos advierten que las alegaciones del abogado Gonzalo Rodríguez, defensor del general (r), son "un reproche dirigido a la señorita ministra en visita (Romy Rutherford) por haber continuado la tramitación de la causa, no obstante la suspensión decretada por el Tribunal Constitucional", sin tener ninguno de sus reclamos relación "con hechos que configuren una afectación a la libertad personal del amparado y que le sean imputables a la recurrida (la magistrada), único caso en que tan excepcional medio de impugnación es procedente".
Esto último, para explicar cuáles son los alcances de los amparos y dando a entender que lo que pretende el defensor no es viable: "No tiene por objeto enmendar o corregir eventuales vicios o defectos producidos en la tramitación de un procedimiento judicial".
En segundo lugar, sobre el argumento de la suspensión -total o parcial- del procedimiento contra Oviedo, la Sala, coincidiendo con la Corte Marcial, dice que "por resolución de 11 de enero de 2019, se dictó por el señor ministro en visita subrogante (Juan Manuel Muñoz Pardo) una resolución referida al cuaderno 'Empresas de Turismo', cuyo procedimiento era el que se suspendía, resolución que no fuera impugnada oportunamente". Por ello, establecen que la magistrada se atuvo al mérito del proceso, "toda vez que existe una resolución en la causa que fija el ámbito de la suspensión y (la ministra) se sometió a ella".
También recuerdan el alegato de la consejera del CDE María Inés Horvitz, quien les expresó que el abogado Rodríguez, en representación de otros de sus clientes en el caso Ejército, el coronel Luis Podestá, pidió una nueva suspensión al TC respecto de "la gestión judicial en que incide la presente acción de inaplicabilidad; esto es, la tramitación de la causa Rol Nro. 575-20114 del Segundo Juzgado Militar de esta ciudad, cuaderno Empresas de Turismo".
Para la Suprema, lo anterior implica que pide "circunscribir la suspensión del procedimiento solo a un expediente o cuaderno determinado, coincidiendo con la interpretación dada por la señorita ministra en visita y la Corte Marcial, (lo que) debilita muy sensiblemente -por aplicación de la conocida doctrina de los actos propios- la posición de esa parte (en este caso)".
Por ello, se concluye que "las resoluciones dictadas por la señorita ministra en visita que se han impugnado han sido pronunciadas en ejercicio de las facultades que le otorgan las disposiciones del Código de Procedimiento Penal, no habiendo demostrado el recurrente la ilegalidad en que habrían incurrido dicha magistrada y la Corte de Alzada".
Votación
En la mayoría estuvieron los ministros Carlos Künsemüller, Manuel Valderrama, Jorge Dahm, y los abogados (i) Jorge Lagos y Leonor Etcheberry. En la minoría, el auditor general del Ejército, Rodrigo Sandoval. Elgueta reitera solicitud para que se suspenda proceso en su contraEl suspendido ministro de la Corte de Apelaciones de Rancagua Emilio Elgueta solicitó nuevamente al Tribunal Constitucional (TC) suspender la causa disciplinaria en su contra.
El TC ya rechazó el pasado 9 de julio frenar el proceso disciplinario que inició el máximo tribunal, cuyos alegatos son mañana.
Este nuevo recurso es de 12 de julio, un día después que se ratificara el proceso de remoción contra él y Marcelo Vásquez por conductas reñidas con la probidad. En esa ocasión se sobreseyó el juez Marcelo Albornoz, quien falleció el pasado 3 de julio.
Elgueta argumenta, entre otros puntos, que el máximo tribunal habría caído en una "inconstitucionalidad", al fundamentar en su resolución con tratados que no estarían ratificados en el país.
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