Viernes, 19 de Abril de 2024

La Corte revocó una condena contra dos periodistas y el diario Olé

ArgentinaLa Nación, Argentina 18 de octubre de 2019

Era por una nota sobre sospechas de soborno en el fútbol argentino

La Corte Suprema revocó ayer la condena que se había impuesto a una editorial y a dos periodistas por la difusión de un artículo sobre sospechas de sobornos en el fútbol profesional argentino.
La sentencia del Máximo Tribunal benefició a Arte Gráfico Editorial Argentino SA (Ageasa), al director periodístico Ricardo Roa y al redactor Jorge Trasmonte, ante la demanda promovida por el árbitro Adrián Galante por una nota publicada en 2009 en el diario deportivo Olé.
El artículo informaba sobre el aumento de las sospechas de sobornos y arreglo de partidos en el torneo de fútbol profesional organizado por la Asociación de Fútbol Argentino (AFA).
La nota consignó que esas sospechas habían sido expuestas en declaraciones periodísticas efectuadas por el entonces árbitro de fútbol Javier Collado luego de las cuales el asistente Galante no había vuelto a ser designado.
Una semana después, luego de que Galante enviara cartas documento, Olé publicó un nuevo artículo en el que aclaró que el asistente figuraba con licencia médica en la AFA y aún no tenía el alta.
Galante inició demanda por daños y perjuicios contra el medio, el director del diario y el periodista, en la que afirmó que el artículo había sido lesivo para su honor y obtuvo fallo favorable de la Justicia Civil, que condenó a pagar 80.000 pesos más intereses.
La Corte aceptó el recurso extraordinario presentado por los demandados, revocó la condena e impuso las costas del juicio a Galante.
El máximo tribunal sostuvo que cuando se trata de una serie de artículos sucesivos sobre un tema trascendente -como lo es el de las sospechas de soborno y arreglos de partidos de fútbol profesional-, el examen de la responsabilidad atribuida al medio de comunicación debía realizarse con una visión en conjunto, sin que procediese tomar en forma aislada la información que daba a conocer cada publicación.
Los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti expusieron que el diario no le había imputado a Galante la comisión de ningún delito, sino que solo había hecho referencia a su falta de designación después de las declaraciones de un árbitro de fútbol.
Agregaron que luego el mismo diario había aclarado que esa situación se había debido a una licencia médica y que el artículo cuestionado respondía a la realidad de los hechos ocurridos.
El fallo de la Corte aparece en un momento crítico para el periodismo. La Comisión Provincial de la Memoria, a pedido del juez Alejo Ramos Padilla, realizó una pericia en la que acusó que el periodista Daniel Santoro en el marco del caso D'Alessio.
Hubo otra situación parecida en los últimos días: la Agencia Federal de Inteligencia acusó penalmente a los periodistas Rodis Recalt y Gerardo "Tato" Young por la supuesta difusión de la identidad de un espía.

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