Viernes, 29 de Marzo de 2024

Desde agosto, segunda ola de alivios a clientes financieros

ColombiaEl Tiempo, Colombia 2 de julio de 2020

Ante la persistencia de la crisis económica, generada por la expansión del coronavirus, la Superintendencia Financiera creó el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD) para dar continuidad a la estrategia de gestión de créditos de los consumidores afectados

Ante la persistencia de la crisis económica, generada por la expansión del coronavirus, la Superintendencia Financiera creó el Programa de Acompañamiento a Deudores (PAD) para dar continuidad a la estrategia de gestión de créditos de los consumidores afectados. Anoche el presidente Iván Duque y el superintendente financiero, Jorge Castaño, explicaron las medidas dirigidas a los establecimientos de crédito para asegurar una reacción ordenada frente a la situación crediticia de los deudores cuyos ingresos se han visto afectados por la coyuntura. Hay que recordar que en marzo se puso en marcha un plan para que los establecimientos de crédito les dieran a su clientes prórrogas y periodos de gracia en sus obligaciones pero cuyos efectos están por vencerse. El PAD contiene un conjunto de medidas complementarias en las que se combinan lineamientos prudenciales y de atención al consumidor financiero para el tratamiento de los deudores ante su nueva realidad económica. El organismo de vigilancia y control dijo que todas las entidades deben adoptar el programa con el objetivo de aplicar medidas focalizadas y estructurales para los deudores afectados por la coyuntura de la covid-19, de acuerdo con el análisis que realice cada entidad, en la que reconozcan la nueva realidad económica del deudor y le permita continuar con la atención de las obligaciones existentes durante la vida del crédito. Además, podrán tomar otros mecanismos complementarios en beneficio de sus clientes. Asimismo, se incluyen medidas especiales para la originación y la calificación por nivel de riesgo para las micro, pequeñas, medianas y demás empresas que se encuentren o lleguen a estar en procesos de reorganización bajo la Ley 1116 de 2006 y los Decretos Legislativos 560 y 772 de 2020. El superintendente dijo que las entidades deberán tener en cuenta, como mínimo, tres elementos: "la reducción en el valor de la cuota, no se podrá aumentar la tasa de interés inicialmente pactada y podrán otorgarse nuevos periodos de gracia sin la posibilidad de capitalización de intereses y sin cobrar intereses por otros conceptos que se difieran como cuotas de manejo y seguros". También señaló que en el caso de los créditos comerciales de medianas y grandes empresas, "las características y resultados de la redefinición corresponderán a los acuerdos que hayan pactado con el establecimiento de crédito". Entre las instrucciones se señala la necesidad de que los establecimientos de crédito acompañen el PAD con una estrategia de comunicación y atención apoyada en la labor del Defensor del Consumidor Financiero. De otro lado, para aplicar la redefinición de las condiciones de los créditos, los establecimientos "podrán establecer una estrategia de autogestión del deudor y/o contactarlo directamente para presentarle las nuevas condiciones de su deuda para su aceptación". El ajuste que las entidades de crédito hagan con sus clientes tendrá en cuenta sus propias políticas, aunque por regla general las medidas no indican ni ordenan perdón de intereses o condonación de deudas, pese a que algunas entidades sí han adelantado algún tipo de gestión en ese sentido. De la misma forma, se insta a los establecimientos de crédito a analizar y hacer manejos diferenciados con quienes pueden pagar sin problema los créditos, con quienes vieron reducidos los ingresos y con los que perdieron el empleo. Hasta la fecha se han aplicado alivios a 10,9 millones de deudores (personas naturales y jurídicas) en 14,4 millones de créditos por $214,8 billones.
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