Jueves, 25 de Abril de 2024

Aterrizando un Programa de Protección de Nómina criollo

Puerto RicoEl Nuevo Dia, Puerto Rico 20 de septiembre de 2020

Una de las medidas más provechosas bajo la ley federal CARES fueron unos préstamos conocidos como el Paycheck Protection Program ("PPP")

Una de las medidas más provechosas bajo la ley federal CARES fueron unos préstamos conocidos como el Paycheck Protection Program ("PPP"). La cantidad del PPP se computaba a razón de ocho semanas de nómina. La ley proveía para que si se usaban los fondos para pagar nómina y otros gastos elegibles en un término predeterminado (que usualmente era de ocho o 24 semanas) dichos préstamos se pudieran condonar.
En Puerto Rico se solicitaron 39,544 préstamos PPP que ascendían a $1,821 millones. El gobierno federal está evaluando alternativas de fondos adicionales por la pandemia que podría incluir una nueva ronda de PPP, pero no se ha podido llegar a un acuerdo en el Congreso.
CARES también creó un fondo llamado el Coronavirus Relief Fund ("CRF") que asignó a Puerto Rico $2,200 millones de para atender el COVID-19. Puerto Rico destinó $350 millones de los CRF para hacer una versión local de los PPP llamado el Programa de Protección de Nómina ("PPN"). La asignación hecha para el PPN representa una sexta parte de lo recibido bajo los PPP. Sin embargo, en este momento tan crítico el PPN podría resultar de gran ayuda para algunas empresas locales. A continuación, algunos detalles del PPN.
¿Qué beneficio provee el PPN?
Se provee un beneficio computado bajo dos alternativas: el monto elegible por disminución de ingresos y el monto elegible por empleado. Se escogerá el menor entre ambos cómputos.
Para el monto elegible por disminución de ingresos, el solicitante computará su reducción de ingreso neto para los meses de abril, mayo y junio de 2020, comparado con el ingreso neto para esos mismos meses del año 2019. Si un negocio comenzó operaciones luego del 15 de marzo de 2019, el cómputo de la disminución se hará usando sus primeros tres meses de operación. Esa reducción de ingresos se denominará la "disminución". De no haber disminución, no será elegible para el PPN. La disminución se reducirá primero por cualquier ayuda federal recibida por el solicitante. Luego, la disminución, ya reducida, se multiplica por un factor porcentual que dependerá del número de empleados según el siguiente cálculo.
Cómputo 1: La corporación "El Caracol" tuvo un ingreso neto, de abril a mayo de 2019, de $180,000. Para esos tres meses en el año 2020 su ingreso neto se redujo a $100,000. El Caracol recibió $50,000 de beneficios de PPP, se dedica a proveer servicios profesionales de contabilidad y tiene 30 empleados. Con estos números El Caracol tuvo una disminución de $80,000 ($180,000 - $100,000) y la misma se reduce por los $50,000 del PPP a $30,000. Esa cantidad se multiplica por 55% (por ser 30 empleados) para un beneficio bajo el monto elegible por disminución de ingreso de $16,500.
El cálculo para el monto elegible por empleado se hace basándose en la cantidad de empleados y su industria de acuerdo con la tabla que aparece arriba a la derecha. La determinación del número empleados se hará usando el número de empleados a la fecha de la solicitud o el reportado en la última Planilla Trimestral de nóminas radicada.
Cómputo 2: Como El Caracol se dedica a proveer servicios profesionales, le aplica el beneficio de $1,300 por empleado y como tiene 30 empleados el monto elegible por empleado sería de $39,000 ($1,300 x 30).
Se selecciona el beneficio menor entre ambos cómputos, así que el beneficio de PPN para la corporación El Caracol será de $16,500.
¿Cómo se hace la solicitud?
Hacienda manejará este proceso de acuerdo con unas guías discutidas en la Carta Circular de Rentas Internas 20-38. El Sistema Unificado de Rentas Internas ("SURI") será utilizado para manejar las solicitudes. En la sección "Alertas" de SURI, habrá un enlace "Programa de Protección de Nómina (Sector Privado)" donde se hará la solicitud.

¿Qué uso le puedo dar a los fondos?
Se pueden usar para pagar compensaciones, lo que incluye salarios, propinas, pagos de vacaciones o días de enfermedad y pagos por concepto de planes de salud o de retiro. Los fondos recibidos se deben utilizar en o antes del 30 de diciembre de 2020.
Los beneficios recibidos no se pueden usar para gastos ya reembolsados por otro tipo de ayuda gubernamental o privada, salarios de personas no residentes de Puerto Rico, pago de compensación en exceso de $100,000 anuales, contribuciones patronales, pagos de licencias cubiertas por el Families First Coronavirus Response Act, bonos o pagos especiales, pagos por despido, refinanciamiento de deuda y otros gastos no causados por la pandemia.
¿Qué personas no son elegibles para solicitar el PPN?
No son elegibles los patronos con más de 500 empleados (no es claro cómo se cuentan cuando son entidades afiliadas o relacionadas); empresas con un volumen de ventas mayor a $10 millones (tampoco es claro si el cómputo del volumen considera entidades afiliadas o relacionadas); negocios que no estaban operando o no tenían empleados al 15 de marzo de 2020 y empresas que no tengan su Certificado de Comerciante.

Consideraciones finales
El cómputo no resulta tan sencillo de hacer, por lo que exhortamos a las personas a que lo evalúen con cuidado y de ser necesario recurran a su contador público autorizado (CPA) o asesor financiero. Los beneficios del PPN se concederán mientras haya fondos disponibles, así que el análisis se debe hacer con premura. Lo importante es no dejar pasar este beneficio y ayudar a aterrizar este PPP Criollo.

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