Viernes, 27 de Septiembre de 2024

MEF suspende el pago del IGV, ISC e IR por un mes

PerúEl Comercio, Perú 28 de enero de 2021

Medida regirá en diez regiones en alerta extrema. Para los analistas consultados, el plazo debería extenderse por lo menos a 90 días.

Por Nicolás Castillo Arévalo



El ministro de Economía, Waldo Mendoza, anunció que el Gobierno suspenderá el pago del Impuesto General a las Ventas (IGV), el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) y el Impuesto a la Renta (IR) en las regiones declaradas con un nivel de alerta ?extremo? ante la segunda ola del COVID-19 en el país.





De acuerdo con Mendoza, el plazo sería por un mes y puede ampliarse por el tiempo que demande la crisis sanitaria. La norma se daría a conocer la próxima semana.





Si bien todos los especialistas consultados por El Comercio se mostraron a favor de la medida, discreparon con el ministro Mendoza sobre el plazo inicial previsto. Todos coincidieron en indicar que la suspensión debe ser al menos por un trimestre, si es que se quiere brindar facilidades y dotar de liquidez a las personas y empresas.





El socio de Philippi, Prietocarrizosa, Ferrero & Uria, Walker Villanueva, sostuvo que la declaración mensual del IR, por ejemplo, demanda cierto tiempo de elaboración y dado que no todas las empresas están digitalizadas, no se podría cumplir a tiempo con el pago del IR de enero.





Pero además, dado que el confinamiento obligatorio paraliza alrededor del 40% de la economía, se requiere dotar de liquidez a las empresas y personas, por lo que un mes de prórroga sería insuficiente, manifestaron David Bravo, socio principal del Estudio EBS abogados, y Carlos Casas, decano de la Facultad de Economía y Finanzas de la Universidad del Pacífico.





Ambos se manifestaron a favor de que el plazo sea de un trimestre considerando que el escenario de confinamiento sea por 15 días o un mes. ?Si no hay ventas en el verano, eso va a implicar una disminución del flujo de caja de las empresas y la suspensión del pago por un mes no ayudará a compensar esta pérdida?, agregó Casas.





Asimismo, pese a que el ministro afirmó que la iniciativa está diseñada para brindarle liquidez a los ciudadanos afectados económicamente por las nuevas medidas restrictivas, los tres expertos consultados indicaron que solo alcanzaría a las empresas y no a las personas naturales.





Bravo consideró que el beneficio también debería alcanzar a las personas, de tal forma que la retención del IR a su remuneración mensual se haga a partir de abril para dotarlos de liquidez.





?Impuesto anual?





Por otro lado, los tres expertos consultados coincidieron en que la suspensión también sea para la regularización anual del IR, en este caso del 2020, y que esta facilidad alcance tanto a las empresas como a las personas naturales.





La justificación, en el caso de las personas, obedece a que si pierden el trabajo tendrán problemas para cumplir con su obligación.





Zonas beneficiadas





Las medidas beneficiarán a Áncash, Apurímac, Callao, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, Lima Provincias, Lima Metropolitana y Pasco.





De ampliarse el confinamiento, se debe aplazar la regularización del IR del 2020, dijo Phase Consultores.

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