Lo que dice la ley sobre cómo calcular el aguinaldo
Ya casi culmina la primera semana de diciembre y una de las interrogantes más frecuentes en estas fechas es: ¿Cuánto me corresponde de aguinaldo y cuándo deben pagármelo? De acuerdo con el Art. 198 del Código de Trabajo de El Salvador, los empleados que suman entre uno y tres años de trabajo continuo para el mismo patrono deben recibir un aguinaldo correspondiente al sueldo de 15 días, mientras que quienes suman entre tres y 10 años deben recibir un aguinaldo correspondiente a 19 días de sueldo; finalmente, quienes llevan más de 10 años en la misma empresa o institución deben recibir un aguinaldo equivalente a 21 días de sueldo.
Evelyn Machuca
Ya casi culmina la primera semana de diciembre y una de las interrogantes más frecuentes en estas fechas es: ¿Cuánto me corresponde de aguinaldo y cuándo deben pagármelo? De acuerdo con el Art. 198 del Código de Trabajo de El Salvador, los empleados que suman entre uno y tres años de trabajo continuo para el mismo patrono deben recibir un aguinaldo correspondiente al sueldo de 15 días, mientras que quienes suman entre tres y 10 años deben recibir un aguinaldo correspondiente a 19 días de sueldo; finalmente, quienes llevan más de 10 años en la misma empresa o institución deben recibir un aguinaldo equivalente a 21 días de sueldo.
Por poner un ejemplo, una persona con un salario de $800 debe recibir $400 si tiene entre uno y tres años trabajando de forma continua en la misma empresa; debe recibir $506.66 si tiene entre tres y 10 años trabajando de forma continua para la misma empresa; y debe recibir $560, si ya tiene más de 10 años en la misma empresa.
Es importante reiterar que el término "trabajo continuo" se refiere a que no ha recibido indemnización en los períodos de tiempo estipulados: una persona puede llevar 10 años trabajando para la misma empresa, pero si esta persona ha sido indemnizada cada año y ha firmado contrato anual, lo que le corresponde de aguinaldo solo es el equivalente a 15 días de sueldo.
Por otra parte, quienes no han cumplido ni siquiera un año en el mismo lugar de trabajo tienen que hacer el siguiente ejercicio matemático: dividir el aguinaldo equivalente a un año entre 365 días y multiplicar el resultado de esa operación por el número de días que llevan laborando.
Por poner un ejemplo, una persona con un salario de $800 que solo ha laborado medio año, es decir, 180 días, le corresponde un aguinaldo de $197.26.
Cabe destacar que el aguinaldo es libre del impuesto sobre la renta solo si no sobrepasa la suma de dos salarios mínimos, según está establecido en la ley; no obstante, en los últimos años, la Asamblea Legislativa ha aprobado que todo aguinaldo que no sobrepase los $1,000 esté libre de este impuesto. Inclusive, para este año, ese techo ha sido elevado a $1,500, pero esta medida aún está en espera de aprobación en pleno legislativo.
De no cumplir con este el pago, los patronos se atienen a multas que van entre los dos y los 12 salarios mínimos. "El no pago del aguinaldo se puede convertir en una vulneración a un derecho laboral", advirtió Carolina Morán, directora del bufete Morán & Asociados.
Según detalló, por cada derecho laboral vulnerado, las empresas se hacen acreedoras de una multa de dos salarios mínimos, si tienen menos de 10 empleados; de cuatro salarios mínimos, si tiene entre 10 y 50; si tiene más de 50 y menos de 100, ocho salarios mínimos; y si son más de 100 empleados, son 12 salarios mínimos.