Jueves, 25 de Abril de 2024

Avalancha contributiva

Puerto RicoEl Nuevo Dia, Puerto Rico 17 de agosto de 2019

Kenneth Rivera-Robles
Antes de finalizar su término el pasado 2 de agosto, el gobernador Ricardo Rosselló firmó varias medidas legislativas que inciden en áreas de impuestos las cuales describimos a continuación

Kenneth Rivera-Robles
Antes de finalizar su término el pasado 2 de agosto, el gobernador Ricardo Rosselló firmó varias medidas legislativas que inciden en áreas de impuestos las cuales describimos a continuación.
Exención de arbitrios a cervezas artesanales
Las cervezas que se producen en Puerto Rico están sujetas a la imposición de un arbitrio. Por varios años una controversia medular ha sido la contribución aplicable. En 1978 se establecieron dos renglones: las cervezas de empresas que producen más de 31 millones de galones anuales, a las que se le impone una contribución determinada, y las que producen menos, las cuales tenían el beneficio de una contribución menor. En dos ocasiones se ha recurrido al Tribunal Supremo - US Brewers v. Secretario, 109 DPR 456 (1980) y Asociación de Importadores v. ELA, 171 DPR 140 (2007)- argumentando que una imposición reducida constituye una medida proteccionista ilegal bajo la cláusula de comercio interestatal. En ambas ocasiones, el tribunal ha validado la reducción concluyendo que como el factor determinante es el volumen de producción, el beneficio podría aplicar a cervezas producidas fuera de Puerto Rico.
A los fines de incentivar la producción de cervezas artesanales, la Ley 86-2019 vuelve a reducir la cantidad de arbitrios usando nuevamente el volumen de producción para determinar la obligación de arbitrios aplicables. La contribución mínima aplicable se reduce de $2.55 a 95 centavos por galón. La exposición de motivos de la ley establece que estados como Alaska o Montana ya han adoptado disposiciones similares.
Exención de IVU a artesanos
Desde 1970 se han adoptado varias iniciativas contributivas para incentivar la artesanía puertorriqueña. En ese año, la Ley 14 les concedió una exención de contribución sobre ingresos sobre los primeros $3,000 devengados -actualmente la exención es de $6,000. También se les ha concedido una exención de contribución sobre la propiedad mueble y patentes municipales. La Ley 102-2019 exime a los artesanos de cobrar IVU. Para ser elegibles, los artesanos deben estar certificados por la Compañía de Fomento Industrial y su volumen anual de negocios no debe exceder $50,000. La ley ordena que en 30 días se promulgue por Hacienda los reglamentos necesarios, lo cual puede ser un gran reto en nuestra coyuntura política actual. La ley no explica qué pasaría con el IVU pagado en las compras del artesano que ahora no podría ser acreditado, pues no hay imposición de IVU en la venta que permita tomar un crédito.
Profesionales médicos
La Ley 14-2017 provee tasas preferenciales de 4% para médicos elegibles. La ley impone a los médicos que deseen acogerse al beneficio la obligación de brindar 180 horas anuales de servicio comunitario. La Ley 109-2019 enmendó la definición de servicios comunitarios para incluir las horas de servicio en el Hospital de Veteranos. La Ley 109 hizo los cambios a la Ley 14-2017, pero no se reconoció que esta solo aplicará a solicitudes hechas hasta el 30 de junio de 2019. Cuando se adoptó la Ley 60-2019, conocida como el Código de Incentivos, se estableció que cualquier solicitud de este beneficio hecha luego del 30 de junio de 2019 se debe hacer bajo el Código. Así que la facultad de proveer servicios en el Hospital de Veteranos no estaría disponible en el caso de las solicitudes radicadas luego de esa fecha.
Exención de arbitrio a hospitales
La situación contributiva de los hospitales resulta ser algo particular. En el caso de hospitales sin fines de lucro, se les concede una exención contributiva bajo el Código de Rentas Internas. Sin embargo, en el caso de un hospital que no cualifica como una entidad sin fines de lucro, como cuestión de política pública se le concede una exención como una unidad hospitalaria bajo la Ley 168-1968. Esta dualidad hace que las exenciones contributivas y los requisitos aplicables a los hospitales no sean siempre consistentes. Un ejemplo de esto fue la Ley 232-2018 que eximía a los hospitales exentos bajo la 168-1968 del pago de impuestos en combustibles para la generación de energía. Sin embargo, no se mencionaba un beneficio similar para hospitales que fueran entidades sin fines de lucro. La Ley 130-2019 corrige dicha disparidad proveyendo una exención similar a estos hospitales.
Amnistía de multas de tránsito
De acuerdo a la información de la Autoridad de Carreteras, el 40% de las personas del país no han renovado sus licencias de conducir. Esto constituye un riesgo inmenso pues en muchos casos dicho incumplimiento podría hacer infectiva las cubiertas de los seguros. La Ley 134-2019 provee un programa de incentivo de renovación donde se concede un descuento de 15% en las multas adeudadas y elimina las penalidades (si se solicita plan de pago, se elimina solo el 50% de la penalidad). Este programa se extenderá por 90 días una vez sea vigente el reglamento. Se debe analizar si la razón del incumplimiento era la cuantía de las multas adeudadas o la dificultad para renovar la licencia.
Exención de pagos a policías
En el año 2004 se concedió un aumento a los policías de Puerto Rico por la Ley 227-2004. Debido a la precaria situación fiscal de la isla, dicho aumento nunca fue pagado en los pasados 15 años. Actualmente se adeudan pagos retroactivos que ascienden a $366 millones de dólares. Una de las iniciativas del plan fiscal fue asignar $122 millones de dólares para comenzar a pagarlos. Para mitigar el efecto económico del atraso, la Ley 79-2019 concedió una exención de contribución sobre ingresos a estos pagos.
Apuestas en eventos deportivos
Se aprobó la Ley 81-2019, la cual autoriza la actividad de apuestas en eventos deportivos. Esta legislación es bastante extensa y puede tener un impacto en la actividad económica de la isla, por lo que será explicada en detalle en una colaboración futura.
Esto es solo un resumen de las medidas que tendrán impacto contributivo aprobadas recientemente. Al igual que la ley que aprueba las apuestas en eventos deportivos, próximamente discutiremos en detalle otras leyes aprobadas en ese mismo término que impactan nuestro entorno comercial.


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