Declaran admisibles recursos de proyectos de preservación
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisibles los recursos de protección presentados por los proyectos La Cumbre, Pie Andino, Las Lilas y Sociedad Agrícola Sepúlveda en contra de la Contraloría General de la República (CGR), después que este organismo resolviera la prohibición para la construcción de viviendas en áreas de preservación ecológica
La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisibles los recursos de protección presentados por los proyectos La Cumbre, Pie Andino, Las Lilas y Sociedad Agrícola Sepúlveda en contra de la Contraloría General de la República (CGR), después que este organismo resolviera la prohibición para la construcción de viviendas en áreas de preservación ecológica. En el caso de los dos primeros proyectos, los recursos fueron presentados por 34 compradores de las unidades.
Las presentaciones cuestionan el dictamen de la CGR (N° E281581), pues, a su juicio, impide ejercer el derecho a construir la vivienda del propietario de parcelas; discrimina en relación con otras agrícolas en la misma posición, las que sí pueden edificar cualquier tipo de construcción, estando en otras áreas rurales del país, así como con los cientos de permisos de edificación otorgados por las DOM para edificar en estas áreas.
Pero, en su respuesta, la CGR indicó que "cobra relevancia hacer presente que la superficie de la Región Metropolitana es de 15.403,20 km {+2} , y que si bien las APE -acorde a lo graficado en los pertinentes planos y lo señalado en la Ordenanza y Memoria del PRMS-, ocupan una superficie aproximada de 7.300 km {+2} , es decir, un 47% de aquella, dicho porcentaje corresponde a un terreno fuera del territorio urbanizable, comprendido por territorios de la cordillera sobre la cota 900 y 1.000 m.s.n.m.".