Miércoles, 27 de Septiembre de 2023

Ley de Seguridad del Estado: la mayoría de las causas se cierra por falta de antecedentes o acaba sobreseída

ChileEl Mercurio, Chile 19 de septiembre de 2023

En más de un tercio de los casos no se logra identificar a los responsables o bien no se cuenta con la información suficiente para acreditar el delito o la participación culpable de alguien en este.

Queda casi un mes exacto para que se cumplan cuatro años desde el estallido. Ese fue el período en que, según un informe del Consejo para la Transparencia (CPLT), el Gobierno hizo el uso más frecuente de la Ley de Seguridad del Estado (LSE) en las querellas presentadas ante los tribunales de justicia.
Se trata de una herramienta que permite al Ministerio del Interior enfrentar la afectación grave del orden público, entre otros delitos, como ocurrió, por ejemplo, en ese momento, con la quema de estaciones de metro.
Ese uso más intensivo no sorprende a los expertos, dado el complejo escenario que entonces se vivía en el país, pero observan con atención algunas de las conclusiones a las que arriba el consejo, tras analizar cifras de acciones penales en las que se invocó esta figura en un período de cuatro años, de 2019 a 2022.
Los números muestran, por ejemplo, que, de un total de 781 querellas, en la mayoría de los casos las investigaciones fueron cerradas sin responsables por falta de antecedentes -comunicando la fiscalía su decisión de no perseverar en la indagatoria- o bien, porque no se logró acreditar un delito y la participación de alguien en el mismo. Es decir, la causa acabó sobreseída por un tribunal de manera definitiva.
Estos cierres de indagatorias penales representan más de un tercio de los casos por Ley de Seguridad del Estado en el período analizado. Mientras que solo cerca de un quinto de los casos terminó con una condena.
Ahora, del grupo de querellas revisadas, algunas causas no siguieron investigándose bajo esta figura debido a que el actual Gobierno, por una decisión política, que constituía un compromiso de campaña, retiró acciones por la LSE, relacionadas con delitos cometidos en el contexto del estallido. Pero, de acuerdo con el consejo, esos desistimientos llegaron a 42 en los cuatro años examinados, lo que representa solo poco más del 5% del total.
Herramienta "poco eficaz" y eliminación del desistimiento
Francisco Leturia, presidente del CPLT, cuestiona, en primer término, las dificultades que hay para obtener este tipo de datos: "Cuesta entender que esta información no esté trabajada, disponible y que no sea pública. Uno puede tener opiniones distintas sobre la efectividad, pero lo que no puede haber nunca es desinformación. Tenemos una herramienta como Estado, pero no sabemos si sirve o no, eso no está disponible".
Al obtener estos datos del Ministerio Público, se conformó un equipo de 30 abogados del consejo y Leturia dice: "Lo único que obtuvimos fue el número de las causas. Tuvimos que revisar cada una de ellas, en cada carpeta. Analizamos 800 juicios".
También califica la LSE como una herramienta "poco eficaz" y advierte sobre el bajo número de condenas (...) Es como si fuera un gran 'mejoral', pero si un analgésico tuviera efecto solo en un 20% de los casos, estaríamos preocupados, probablemente". Y las condenas en estas causas representan ese porcentaje.
Así, en las cifras analizadas por el consejo, en 374 casos hubo un desistimiento, sobreseimiento, suspensión, decisión de no perseverar o archivo provisional, lo que representa un 48% del total de causas.
El penalista Samuel Donoso recuerda que "las acciones por LSE son de monopolio exclusivo de algunas instituciones, por ende para que se persigan los delitos contemplados en ellas debe necesariamente ejercerse". Pero luego de ejercidas -advierte-, "si no están acompañadas de un accionar del Ministerio Público, es muy difícil que lleguen a buenos resultados". Y subraya: "Las decisiones, los énfasis y la relevancia que la fiscalía da a la investigación son claves".
Sobre la facultad de desistirse, puntualiza el abogado, "exclusiva de la autoridad política, es algo que, a mi juicio, debiera ser eliminado, hace que el uso de la herramienta penal pueda transformarse más bien en un instrumento de negociación política en ocasiones" y eso, indica, puede "implicar un desincentivo para la persecución penal. Ejercida la acción penal, esta debiera seguir su rumbo como cualquier otra acción y quedar en manos de la fiscalía".
Problemas al inicio o avanzada la investigación
¿Por qué existe tanta decisión de no perseverar o sobreseimientos? Tatiana Vargas afirma que "debiera explicarlo la falta de pruebas y antecedentes que ameriten, en un caso, iniciar una investigación y, en otro, establecer el delito y la responsabilidad del agente para condenar".
Y agrega que ve dos grandes razones para el reducido número de condenas: "La primera tiene que ver con la clase de delito y su poca frecuencia y, la segunda, la restricción en el inicio de la investigación, que no puede iniciarse directamente por el Ministerio Público".
A su vez, dice, "son delitos poco comunes, por la clase de ataque que suponen, además de su magnitud, el atacar a la patria, poner a Chile al servicio de otro Estado o de atentar contra el mismo gobierno, buscar derrocarlo, por ejemplo. Los más frecuentes son los delitos contra el orden público que, en general, exigen alterar la tranquilidad de las personas gravemente".
Casos con hasta tres años y medio de tramitación
A estas complicaciones que describe la especialista, se suma que los tiempos de tramitación de este tipo de indagatorias son bastante largos.
Según el informe del consejo, el promedio es de 589 días corridos, lo que se traduce en más de 19 meses.
La muestra arroja de esta manera que el mínimo de tiempo registrado es de 17 días corridos y el máximo, de 1.276, es decir, tres años y medio aproximadamente.
Y, como dice la profesora Vargas, el CPLT indica que son causas que en su gran mayoría dicen relación con el artículo 6°, el cual detalla los hechos que pueden constituir "delitos contra el orden público".
781
causas analizó el CPLT. Se trata de querellas presentadas por Interior entre 2019 y 2022.
673
causas de dicho total fueron presentadas en 2019, principalmente por los hechos posteriores al 18 de octubre.
586
de estas se encuentran terminadas (75%), 182 aún en trámite (23%) y 13 suspendidas (2%).
96%
de las causas es por "delitos contra el orden público".
142
personas tuvieron una sentencia condenatoria con pena privativa de libertad dentro del período analizado.
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