Domingo, 08 de Septiembre de 2024

Eduardo Macaya regresa a prisión preventiva por estimar el tribunal que hay riesgo de fuga y "trato diferenciado"

ChileEl Mercurio, Chile 27 de julio de 2024

Solo una semana ha pasado desde que el Tribunal de Juicio Oral de San Fernando condenara a seis años de cárcel al empresario Eduardo Macaya por delitos reiterados de abuso sexual contra dos menores de 14 años

Solo una semana ha pasado desde que el Tribunal de Juicio Oral de San Fernando condenara a seis años de cárcel al empresario Eduardo Macaya por delitos reiterados de abuso sexual contra dos menores de 14 años.
Desde entonces, el padre del senador y expresidente de la UDI Javier Macaya estuvo en prisión preventiva por orden del mismo tribunal oral, mientras el fallo queda ejecutoriado dado que aún puede ser recurrido, y también en arresto domiciliario por orden de la Corte de Apelaciones de Rancagua. En paralelo, se había denunciado que durante el tiempo que permaneció privado de libertad habría recibido un "trato preferencial", lo que significó la apertura de un sumario en Gendarmería.
Si bien esa investigación administrativa -para determinar si ese trato privilegiado existió y, de ser así, si hay responsabilidades funcionarias- continúa en curso, ayer el tribunal oral resolvió, al revisar nuevamente las medidas cautelares del sentenciado, que debía volver al recinto penitenciario de Rancagua.
Los jueces Carlos Pérez, Marcela Yáñez y Griselda Valenzuela consideraron, entre otras cosas, que había nuevos antecedentes. Por ejemplo, "las condiciones en las cuales cumplió la prisión preventiva" Macaya entre el 19 y el 22 de julio recién pasado.
En ese sentido, plantearon que "el tribunal consideró como hechos no discutidos, el ingreso en prisión preventiva y la estadía del sentenciado en el hospital penitenciario hasta el momento de su liberación. La referida estadía en el centro hospitalario, si bien puede ser necesaria, es excepcional y por tanto debe (...) existir una justificación precisa y suficiente, sobre todo si se considera que se da en el ámbito penitenciario caracterizado por su rigurosa reglamentación". "No justificándose -en opinión de los magistrados- la estadía del sentenciado en un régimen excepcional".
"La situación descrita debe ser ponderada en forma estricta desde la perspectiva del peligro de fuga, y es por ello que la obtención de un trato diferenciado, no justificado objetivamente, al interior del organismo encargado de la custodia penal, aumenta el peligro de fuga, sobre todo si se considera el actual régimen de arresto domiciliario, pues el control de este no es permanente", establecieron los jueces.
La Nación Argentina O Globo Brasil El Mercurio Chile
El Tiempo Colombia La Nación Costa Rica La Prensa Gráfica El Salvador
El Universal México El Comercio Perú El Nuevo Dia Puerto Rico
Listin Diario República
Dominicana
El País Uruguay El Nacional Venezuela