Martes, 17 de Septiembre de 2024

Sobre un dictamen fiscal

UruguayEl País, Uruguay 12 de septiembre de 2024

Jorge W

Jorge W. Álvarez | Montevideo
@|La prensa informaba hace pocos días de un dictamen fiscal que disponía el archivo de una investigación sobre el caso Marset, ordenada en su momento por el Fiscal General. Aunque su extensión desanimaba, me dispuse a leer la nota que, como diré más adelante, tuvo un final inesperado, en tanto advertía que el dictamen, en su acepción jurídica, se desvanecía.

En su lugar, una larga exposición destinada a escudriñar en actos administrativos, discursos parlamentarios y conversaciones privadas, ponía al descubierto un empeñoso escarceo fuera de lo estrictamente jurídico, para dejar bien perfilado un alegato contra el gobierno, al mismo tiempo que unas líneas más abajo se terminaría diciendo que "no se encontró delito". Es decir, el fishing fracasó.

Pero sí encontró actos "moralmente reprochables.". Y otra vez la moral decía presente, invocada como fundamento de un acto jurídico, haciendo saltar por los aires la separación kelseniana entre Derecho y Moral, heterónomo uno, autónoma la otra. Y proyectaba su sombra ominosa allí donde no hubiera lugar para el delito.

Y así, fuera de su andarivel, el dictamen discurrió minuciosamente sobre temas políticos y de gobierno afines al caso Marset, en incursión carente de todo sustento jurídico, siquiera un atisbo de eso que los españoles llaman "exposición razonada", donde los hechos y el Derecho se entrelazan guiados por la razón. Por el contrario, el determinismo psicológico -bien explicado por Challaye en su "Filosofía Moral"- daba luz verde al empeñoso designio de mostrar "el mal comportamiento" del gobierno en el "caso Marset", diríamos en términos escolares.

Pero vayamos a lo que importa, que es la ley. Y al caso, el último párrafo del artículo 45 del Código del Proceso Penal: "Las decisiones del Ministerio Público se dictarán bajo los principios de la legalidad y objetividad, con expresión precisa de las disposiciones legales aplicables al caso y su debida correlación con los hechos. En todos los casos, estarán debidamente fundadas, especialmente en las hipótesis de los literales c), d, archivo), e) y h). La ausencia de fundamentación configurará responsabilidad administrativa".

Sin comentarios.
La Nación Argentina O Globo Brasil El Mercurio Chile
El Tiempo Colombia La Nación Costa Rica La Prensa Gráfica El Salvador
El Universal México El Comercio Perú El Nuevo Dia Puerto Rico
Listin Diario República
Dominicana
El País Uruguay El Nacional Venezuela