Viernes, 18 de Octubre de 2024

Congreso establece el delito de criminalidad sistemática

PerúEl Comercio, Perú 17 de octubre de 2024

debate. Después de más de 18 horas entre dos sesiones del pleno, se aprobaron propuestas legislativas relacionadas con la lucha contra la inseguridad ciudadana. Sin embargo, especialistas advierten que textos confusos pueden beneficiar a los delincuentes.

Por gladys pereyra colchado



Eran 17 proyectos de ley juntos, condensados en 13 páginas, que terminaron reducidos a apenas en un párrafo en cuestión de horas. Ayer, el Congreso aprobó crear el delito de criminalidad sistemática, a partir de un grupo de iniciativas que planteaba al principio el llamado terrorismo urbano, presentado por el Gobierno. Aunque aún falta la segunda votación, especialistas advierten que la ley complica la aplicación de sanciones para sicarios y extorsionadores.





En la misma sesión, que se extendió por más de ocho horas, sin contar el pleno del último viernes que duró más de diez horas, el Congreso también aprobó modificar la cuestionada Ley 32108, de crimen organizado, sin evaluar su derogación, un pedido de distintas organizaciones que protestaron la semana pasada. El cambio, al que exoneraron de una segunda votación, mantiene la obligatoriedad de la presencia de un abogado, esta vez de la defensa pública, para los allanamientos, y limita la calificación de criminalidad organizada a los delitos cuya pena mínima es cinco años, excluyendo a aquellos como cohecho pasivo impropio o minería ilegal.





Con 73 votos a favor, el pleno aprobó en primera votación el texto sustitutorio del dictamen que propone modificar el Código Penal para incorporar el delito de criminalidad sistemática.





El nuevo artículo 318-B establece que ?el que mediante el uso de municiones, armamento de fuego militar o civil, artefactos explosivos u otros de similar características, provoque o realice conductas tipificadas como delitos de secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado, creando zozobra o terror en la población o una parte de ella; será reprimido con cadena perpetua?.





La propuesta legislativa será sometida a segunda votación transcurridos siete días calendario, según el reglamento del Congreso.





Para el exprocurador Antonio Maldonado, la creación de este nuevo tipo penal era ?absolutamente innecesaria? porque el ordenamiento jurídico penal peruano ya contiene los elementos suficientes para aplicar la pena máxima.





?Se están incorporando elementos poco técnicos y ambigüedad que van a ser aprovechados por los abogados que contraten los delincuentes?, dijo.





Con él coincidió André Sota, profesor de la carrera de Derecho de la UPC, quien explicó que el tipo penal es complejo porque exige que se demuestre que con las armas usadas se creó ?zozobra o terror? en la población.





?Cambios significativos?





Con 81 votos a favor, el pleno aprobó el texto sustitutorio del dictamen que modifica el Código Penal para determinar la tipicidad de una organización criminal. El nuevo texto, a diferencia de la norma previa, baja de seis a cinco años la pena mínima para la comisión de delitos de extorsión, secuestro, sicariato, u otros delitos sancionados con pena privativa de la libertad igual o mayor de cinco años en su extremo mínimo.





El segundo cambio aprobado por el pleno es que, respecto a las diligencias de registro e incautación y los allanamientos, se realizarán ?con o sin la presencia del investigado y con la presencia obligatoria de un abogado de la defensa pública, el mismo que deberá estar presente desde el inicio de la diligencia?. Para Maldonado, insistir en la presencia de un abogado desnaturaliza la finalidad de los allanamientos.





En este punto discrepa Sota. En opinión del docente de la UPC, esta precisión impactará de manera positiva en los allanamientos porque se garantizará el derecho de defensa. ?En la práctica, cuando el juez autorice la diligencia va a tener que notificar al abogado y se van a salvar futuras nulidades?, dijo a este Diario.





para tener en cuenta





El juez Richard Concepción Carhuancho, quien evalúa los pedidos de prisión preventiva contra Nicanor Boluarte y otros implicados en el caso Los Waykis en la Sombra, rechazó la aplicación de la ley de crimen organizado que promulgó el Congreso para beneficiar a una de las investigadas que solicitó archivar su proceso.

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