Sábado, 11 de Enero de 2025

Anla reafirmó la suspensión de administración al Muelle 13

ColombiaEl Tiempo, Colombia 11 de enero de 2025

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) reafirmó su competencia ambiental sobre la operación del Muelle 13 de Buenaventura, al ser considerado un puerto de gran calado según los parámetros establecidos en la normativa vigente

La Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (Anla) reafirmó su competencia ambiental sobre la operación del Muelle 13 de Buenaventura, al ser considerado un puerto de gran calado según los parámetros establecidos en la normativa vigente. Esta determinación se fundamentó en lo estipulado en el Decreto 1076 de 2015 y en información proporcionada por autoridades como la Dirección Marítima (Dimar), la Superpuertos y Transporte y la decisión de un juez. "Los puertos de gran calado movilizan más de 1.500.000 toneladas al año y permiten el atraque de embarcaciones iguales o superiores a 27 pies", indica el artículo 2.2.2.3.2.2 del Decreto 1076 de 2015. En virtud de esta clasificación, la Anla ejerce competencia exclusiva para otorgar licencias ambientales relacionadas con la operación de este tipo de muelles. El 18 de diciembre de 2024, la Anla recibió el expediente del proyecto "Muelle 13", previamente administrado por el Establecimiento Público Ambiental del Distrito de Buenaventura (EPA). Tras revisar la documentación, la entidad emitió el Auto 11665 del 27 de diciembre de 2024, formalizando su competencia y asumiendo las actuaciones administrativas. Durante esta revisión, la Anla identificó que el plan de manejo ambiental aprobado en 2002 no había sido actualizado. Según la entidad, "la falta de una línea base ambiental representa un alto riesgo para la evaluación adecuada de los impactos generados por la operación del muelle, incluyendo riesgos de contaminación y posibles daños a los medios físico, bítico y socioeconómico". Ante estos hallazgos, el 2 de enero de 2025, mediante la Resolución 004, la Anla impuso una medida preventiva de suspensión temporal de actividades en el Muelle 13. Esta medida afecta a la sociedad Grupo Portuario S.A., responsable de la operación del muelle. La Anla explicó que la suspensión se mantendrá hasta que el operador presente un instrumento de manejo y control ambiental actualizado y adecuado, que contemple medidas específicas para mitigar, prevenir, corregir y/o compensar los impactos ambientales identificados.
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