Las salidas de las empresas de gas ante solicitud del Gobierno
Hace un par de semanas las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de gas Vanti y Alcanos le anunciaron al Gobierno Nacional que interpondrían recursos debido a la solicitud que les realizó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) a las compañías con el fin de que hicieran un ajuste en las tarifas de gas natural
Hace un par de semanas las empresas prestadoras del servicio público domiciliario de gas Vanti y Alcanos le anunciaron al Gobierno Nacional que interpondrían recursos debido a la solicitud que les realizó la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) a las compañías con el fin de que hicieran un ajuste en las tarifas de gas natural. Ante esto Portafolio consultó con el director de investigaciones del departamento de derecho minero - energético de la Universidad Externado, Milton Montoya acerca de las salidas jurídicas que tendrían estas compañías en caso tal de que no sean aceptados los recursos de reposición que fueron interpuestos. De acuerdo con el experto, existen otras maneras jurídicas en caso tal de que el Gobierno no acepte la respuesta de estas compañías. Dentro de estas se encuentran desde demandas al Ejecutivo e incluso acciones de nulidad. "Tradicionalmente el mecanismo que han utilizado las empresas para hacer frente a las decisiones que ha tomado el Gobierno en materia tarifaria se ajusta a recursos de reposición ante las decisiones de la misma Creg, sin embargo, hay otras acciones, también se ha recurrido a acciones de nulidad ante la jurisdicción contenciosa administrativa bien sea de decreto o de resoluciones. Entonces la otra alternativa que tienen las empresas además de los recursos de reposición ante la misma Creg es una vez agotada esta instancia es la interposición de demandas o acciones de nulidad ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa", resaltó el experto. También advirtió que en caso de que estas no salgan avante, las empresas deberán cumplir con lo solicitado por el Gobierno con el fin de evitar algún tipo de sanción. "En caso de que las empresas no modifiquen el alcance de esta reglamentación o de esta regulación pues naturalmente tienen que cumplirlas y de no hacerlo se pueden exponer a sanciones especialmente por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, sanciones y multas", aseveró Montoya. A su vez, señaló que, si estos recursos interpuestos por las empresas salen aceptados, la alternativa que le queda al Gobierno es realizar algún cambio estructural en le ley 142 que es la de Servicios públicos. "En caso de que el Gobierno no pueda, bien sea porque prosperen los recursos o las demandas digamos aplicar esas disposiciones que pretenden implementar, pues la alternativa o la vía de carácter jurídico que viabiliza una reforma estructural es la modificación de la ley de servicios públicos domiciliarios", puntualizó. Hasta el momento no se ha conocido un fallo final sobre si fueron o no aceptados estos recursos de reposición. Se espera un pronunciamiento del Gobierno en las próximas semanas. Todo radica desde diciembre del 2024 cuando se evidenció un faltante en la oferta de gas en firme para las compañías distribuidoras de la molécula para el segmento esencial, es decir, hogares, vehículos y comercios. Ante la falta de la misma, ocho empresas del sector decidieron comprar el gas importado a las termoeléctricas del país debido a que contaban con 40 millones de pies cúbicos para entregar al mercado.