Martes, 12 de Agosto de 2025

Parlamento se encamina a aprobar ley que obligará a intervención de un juez en casamientos con menores de edad

UruguayEl País, Uruguay 11 de agosto de 2025

El cambio en el Código Civil, una recomendación de la academia y sobre lo cual hay acuerdo entre los partidos, dará respuesta a una exigencia de organismos internacionales que desde hace años vienen señalando a Uruguay

El proyecto de ley para prohibir que menores de 18 años contraigan matrimonio lleva más de 10 años de discusión en el Parlamento, acumulando una serie de informes de toda índole. La iniciativa busca cumplir con una recomendación sistemática de Naciones Unidas, pero el análisis actual de la comisión de Derechos Humanos y Equidad de Género revela que la prohibición no es la solución más viable, dadas las complicaciones legales que implica. En su lugar, se buscan alternativas judiciales que ofrezcan garantías para los menores sin necesidad de elevar la edad mínima.

Desde 2013, el artículo 91 del Código Civil establece que, en Uruguay, cualquiera de los contrayentes debe tener al menos 16 años. El Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas ha expresado en reiteradas ocasiones su preocupación ante la permanencia de esta normativa en la legislación uruguaya y recomendó modificar la disposición para fijar en 18 años la edad mínima para contraer matrimonio. Además, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer también instó a Uruguay a "eliminar toda excepción a la edad mínima de 18 años para contraer matrimonio, tanto para mujeres como para hombres". De acuerdo con este tratado, lo que actualmente se considera legal en Uruguay se califica como "matrimonio infantil".

El 18 de mayo, El País informó que, en los últimos cinco años, se celebraron 84 matrimonios en los que al menos uno de los contrayentes era menor. En 82 de esos casos, la menor era mujer. En tres matrimonios, la mujer tenía 16 y los hombres 40, 44 y 78 años, respectivamente.

En marzo, la directora del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres), Mónica Xavier, quien trabajó en el tema cuando era senadora, expresó ante la comisión parlamentaria que analiza la iniciativa que la normativa vigente no se ajusta a "los estándares de derechos humanos a nivel internacional", y afirmó que "es inequívoco que las situaciones de matrimonio previas a los 18 años se asocian, fundamentalmente, con formas de vulneración de los derechos de los adolescentes, ya sean mujeres o varones".


"Aspiramos a que Uruguay no siga siendo señalado por los organismos de verificación de los estándares de derechos humanos por este tema, aunque sabemos que no es sencillo conseguir los consensos necesarios para legislar", sostuvo. Tanto el Frente Amplio como Inmujeres señalaron que el proyecto sobre el matrimonio infantil es de "máxima prioridad", según explicó la senadora Constanza Moreira.

El análisis del proyecto continuó desde marzo con la postura en contra de la representante del Partido Nacional, Graciela Bianchi, quien considera que las observaciones internacionales no son aplicables a Uruguay, ya que no se configuran situaciones de abuso hacia menores obligadas a casarse. Estimó que tales observaciones son pertinentes en "regímenes islámicos" donde a niñas de 12 años se las obliga a casarse con adultos.



La solución



El pasado 22 de julio, el Instituto de Derecho Civil Salas I y IV de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República hizo llegar su opinión jurídica sobre el articulado. El documento subraya que la recomendación de los organismos internacionales "se basa en que las niñas demasiado jóvenes no están preparadas física ni psicológicamente para la vida adulta". "Sin embargo -remarcaron-, no vislumbramos que la suba de la edad para contraer matrimonio sea el mecanismo idóneo para evitar las consecuencias perjudiciales para las niñas o adolescentes, como el embarazo precoz, ya que no se dan exclusivamente dentro del matrimonio". Incluso alude a informes que dan cuenta que las mujeres inician su vida sexual a los 16 años, con lo que este proyecto "lamentablemente, no parece ser la solución para evitar tales problemas".



Judicialización



Frente al dilema que instala el proyecto de ley, el Instituto propuso una salida: modificar el artículo 91 "estableciendo como impedimento dirimente para contraer matrimonio el no tener 18 años cumplidos o, si se tiene 16 años cumplidos, no contar con la autorización judicial". Es decir, se mantendría en 16 años la edad mínima, pero al requisito del consentimiento de los padres se sumaría la judicialización del caso, convirtiendo la intervención de un juez en una condición necesaria para su autorización-

No es seguro, pero se presume que esta alternativa permitiría a Uruguay cumplir con las observaciones internacionales, ya que el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer y el Comité de los Derechos del Niño han establecido que "en circunstancias excepcionales se puede permitir el matrimonio de un niño maduro y capaz menor de 18 años, siempre y cuando tenga al menos 16 años y tal decisión la adopte un juez basándose en motivos excepcionales, legítimos, definidos por la legislación, y en pruebas de madurez, sin dejarse influir por la cultura ni la tradición".

Para el Instituto de Derecho Civil, la intervención de un tribunal de justicia avalando el matrimonio "parece ser la solución más acorde con los principios y lineamientos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño y la legislación interna, al permitir evaluar la capacidad progresiva y el interés superior del niño, niña o adolescente, así como respetar su derecho a ser oído y eventualmente, a contar con asistencia letrada".

Una vez convertida en ley, si el Oficial del Registro Civil celebrara un matrimonio que involucre menores de 18 años pero con 16 años cumplidos, sin la autorización judicial, el matrimonio será nulo.



Visto bueno



El 29 de julio, la comisión analizó la postura del Instituto y los senadores acordaron que esta última propuesta es la más apropiada. "Lo vamos a cambiar, vamos a poner que el impedimento dirimente sea no contar con la autorización judicial desde los 16 a los 18 años. Es la solución que apoya la comisión", indicó la senadora Moreira.

En la próxima sesión se votará la modificación del artículo 91 del Código Civil y se propondrá al plenario el nuevo proyecto de ley, que deberá ser luego refrendado por Diputados -cámara que ya trató la iniciativa-. En definitiva, cuando la iniciativa sea ley, en Uruguay se continuarán celebrando matrimonios entre adolescentes de 16 y 17 años con adultos de cualquier edad, pero estarán condicionados a la aprobación judicial.
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