Militantes de Pueblo Soberano cuestionaron el proceso de elección de los candidaturas a la presidencia y de la nómina para diputados.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) anunció este jueves que declaró con lugar un recurso de amparo electoral presentado contra el Partido Pueblo Soberano (PPSO) y rechazó otros nueve contra la agrupación, principalmente relacionados con la elección de su candidatura presidencial y de la nómina para diputados.
Cinco de los amparos fueron rechazados de plano, mientras que cuatro fueron desestimados tras un análisis de fondo. Solo uno de los recursos fue declarado con lugar para fines indemnizatorios. Se trata del caso presentado por Iliana Ruiz Chacón.
El TSE determinó que el partido amenazó su derecho de participación política porque hubo un ambiente de presión para que la recurrente retirara su nombre de la contienda interna, lo cual se materializó al no ser conocida su postulación en la Asamblea Nacional del partido, del pasado 24 de agosto.
No obstante, la resolución solo tendrá fines indemnizatorios, pues la recurrente había manifestado antes de la votación que desistía de su aspiración.
La elección de las candidaturas a diputados de Pueblo Soberano en las provincias de Alajuela y Heredia, se mantenía en suspenso, hasta que el TSE resolviera los recursos de amparo presentados por Iliana Ruiz y de otra integrante, Xinia Molina, cuya acción también fue rechazada.
El pasado 26 de agosto, el ente electoral frenó el proceso de inscripción de los nombres elegidos por los delegados de Pueblo Soberano, para ambas provincias, hasta que se pronunciara sobre los alegatos presentados por las dos militantes de la agrupación política, lo que finalmente ocurrió este jueves.
Francisco Gamboa, secretario general de Pueblo Soberano y candidato a la primera vicepresidencia, calificó de "triunfo" las resoluciones del TSE. "Se demostró que los procesos que seguimos cumplieron cada uno de los requisitos que las distintas normas establecen", afirmó.
Rechazos de plano
En los casos de Raúl Muñoz Álvarez y Gerardo Medina Angulo, quienes denunciaron irregularidades en la inscripción de precandidaturas a la presidencia y a diputaciones, respectivamente, se concluyó que ambos recursos fueron presentados fuera del plazo de tres días establecido por ley.
Una resolución similar recibió Edwin Humberto Estrada Hernández, quien alegó que se le impidió someter su nombre a votación como precandidato a diputado, pero su reclamó se rechazó por prescripción.
Por su parte, Carlos Vázquez Calderón presentó dos gestiones que fueron rechazadas de plano. Una objetando que las nóminas de candidaturas a diputaciones fueran preelaboradas por el partido, y otra cuestionando la convocatoria de asambleas de subsanación antes de resolver recursos pendientes.
En ambos casos, el TSE reiteró que se trata de temas de legalidad que deben reclamarse por acción de nulidad, no mediante amparo electoral.
Análisis de fondo
Fueron declarados sin lugar, tras el estudio de lo ocurrido, los recursos de Rodolfo Mora Mora, Xinia María Molina Ruiz, Carlos Villanueva Arauz y Giovanni Morales Vásquez.
Mora Mora alegó que se le había violado el derecho de participación política al imponer una cuota de inscripción de precandidaturas a las diputaciones que él considera desproporcionada. Sin embargo, el TSE declaró la acción sin lugar porque el recurrente finalmente no inscribió su precandidatura.
Molina Ruiz reclamó la exclusión de su nombre de las precandidaturas a diputados, sin que se votara en la Asamblea Nacional, pero la gestión se declaró sin lugar porque ella sí participó e incluso su postulación fue votada.
El mismo alegato presentó Villanueva Arauz, por lo que recibió los mismos argumentos para declinar su recurso.
En el caso de Morales Vásquez, que denunció presiones para desistir de su postulación y errores en la asamblea de designación, el TSE determinó que eran asuntos de legalidad ajenos al amparo.
El TSE informó que mantiene en estudio dos recursos adicionales presentados por Vázquez Calderón: uno por la supuesta desproporcionalidad de las cuotas de inscripción y otro por haber sido excluido de un grupo de WhatsApp de delegados nacionales, utilizado para difundir convocatorias y comunicaciones internas.