Alerta por traslados de EPS, pues afectarían a 6,6 millones
La Mesa Nacional de Asociaciones de Usuarios en Salud emitió una alerta por los cambios administrativos en trámite que podrían derivar en traslados masivos de afiliados del sistema de salud, una medida que, según la organización, impactaría a 6,6 millones usuarios en varias regiones
La Mesa Nacional de Asociaciones de Usuarios en Salud emitió una alerta por los cambios administrativos en trámite que podrían derivar en traslados masivos de afiliados del sistema de salud, una medida que, según la organización, impactaría a 6,6 millones usuarios en varias regiones. El pronunciamiento fue dirigido a los entes de control y a la opinión pública, ante lo que califican como un riesgo de profundización de la crisis que enfrentan usuarios, pacientes y trabajadores del sector. Según la Mesa, el Ministerio de Salud dejó en consulta pública actos administrativos que anticipan la expedición de un decreto, el cual modificaría de manera estructural el modelo vigente y establecería un proceso de habilitación de las Entidades Promotoras de Salud con base en criterios territoriales. Para la organización, este cambio normativo tendría efectos directos sobre la continuidad de la atención y el acceso a servicios. Uno de los puntos centrales del llamado de alerta es el traslado masivo de afiliados entre EPS, que se produciría como consecuencia de la aplicación del decreto. Según la información divulgada, 3,19 millones de usuarios serían trasladados a la Nueva EPS, 289.262 a Savia Salud y 533.429 a la EPS S.O.S, entre otros movimientos. La Mesa dice que estos cambios se realizarían sin mediar la decisión individual de los afiliados. La organización advirtió sobre la afectación al derecho de libre escogencia, al señalar que los usuarios serían reasignados a EPS intervenidas, sin que se les permita elegir su asegurador. "Los usuarios afectados en virtud del decreto serán trasladados a EPS intervenidas sin capacidad de prestación de servicios, vulnerando sus derechos", señaló la Mesa Nacional de Asociaciones de Usuarios en Salud en su comunicado. El pronunciamiento también recuerda que las EPS intervenidas concentran el mayor volumen de usuarios que serían trasladados, pese a que, según informes de la Contraloría y declaraciones públicas del Gobierno, estas entidades no han logrado mejoras sostenidas en la prestación oportuna y digna de los servicios. Para la Mesa, la incorporación de nuevos afiliados a estas EPS podría incrementar las dificultades existentes. Otro de los riesgos señalados es la interrupción de tratamientos médicos, en particular para pacientes con enfermedades crónicas, oncológicas, raras o de especial cuidado. La Mesa advierte que los cambios administrativos afectarían la continuidad asistencial y generar barreras adicionales en un contexto ya marcado por dificultades de acceso. Y alertó sobre la posible materialización del fenómeno conocido como "Shu-Shu-Shu", asociado al traslado de la carga de enfermedad a aseguradoras sin capacidades administrativas y financieras suficientes. "Esto deriva en presiones financieras adicionales para EPS, IPS y principalmente para los usuarios, que seguirían sacando dinero de su bolsillo para acceder a los servicios", indicó la Mesa, que reiteró su llamado a no adoptar decisiones que, a su juicio, no resuelven la crisis y a cumplir las órdenes de la Corte Constitucional para garantizar la vida de los usuarios. El proyecto de decreto con el que el Gobierno busca implementar mecanismos diferenciales para la operación del aseguramiento en salud marca un punto de inflexión en la organización del sistema. Aunque el Ministerio de Salud lo presenta como instrumento técnico para garantizar equidad, sostenibilidad financiera y acceso efectivo, su contenido encendió alertas jurídicas, regulatorias y operativas. La norma introduce límites explícitos al número de Entidades Promotoras de Salud (EPS) que pueden operar en departamentos y municipios, en función del tamaño poblacional y de la participación de afiliados. Esto implica una reducción significativa del número de EPS en varios territorios, especialmente en municipios pequeños, donde podría quedar una sola entidad habilitada para operar. Uno de los principales focos de controversia es el alcance de la potestad reglamentaria del Ejecutivo. Si bien el decreto se ampara en la Ley 1122 de 2007, la Ley 1438 de 2011 y la Ley Estatutaria de Salud, no existe un mandato legal expreso que autorice al Gobierno a restringir territorialmente a EPS que ya cuentan con habilitación vigente. El efecto práctico del decreto se asemeja más a una revocatoria indirecta de autorizaciones que a una simple "actualización" administrativa, lo que podría dar lugar a demandas por extralimitación de funciones. A esto se suma el impacto sobre la libre competencia. Al excluir automáticamente a EPS con participaciones inferiores al 3% y limitar el número máximo de operadores por municipio, el decreto favorece la concentración del aseguramiento en pocas entidades. Aunque se menciona un concepto previo de la Superintendencia de Industria y Comercio, el texto no desarrolla mecanismos claros para evitar la consolidación de posiciones dominantes ni para evaluar, caso a caso, la eficiencia real de las EPS que permanecerán en los territorios. Otro punto sensible es la afectación al derecho de libre escogencia de los afiliados. El decreto establece procesos de asignación obligatoria de usuarios cuando una EPS deja de operar en un municipio como resultado del reordenamiento territorial, y solo permite el traslado voluntario después de 60 días. Si bien la Corte Constitucional ha avalado restricciones temporales en escenarios de liquidación o crisis, aquí la reasignación no responde necesariamente a fallas financieras, sino a un rediseño regulatorio del mapa del aseguramiento.