Martes, 10 de Marzo de 2026

Exdirector de la PDI deberá cumplir 17 años de cárcel, tras sentencia

ChileEl Mercurio, Chile 10 de marzo de 2026

Era la última opción que tenía para evitar o al menos dilatar el cumplimiento de la pena de 17 años de cárcel que le impuso el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, por malversación de caudales públicos, lavado de activos y falsificación de instrumento público

Era la última opción que tenía para evitar o al menos dilatar el cumplimiento de la pena de 17 años de cárcel que le impuso el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago, por malversación de caudales públicos, lavado de activos y falsificación de instrumento público. Además, se le condenó al pago de $146 millones por concepto de indemnización del daño emergente causado al fisco.
La razón: ayer la Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió rechazar el recurso de nulidad que su defensa había ingresado los primeros días de enero. Esta última ha insistido en su inocencia.
Se trata de una decisión unánime, adoptada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, María Cristina Gajardo, (s) Juan Cristóbal Mera, y los abogados integrantes Leonor Etcheberry y Carlos Urquieta.
Aunque el caso de Espinosa no deriva del caso Audio, porque comenzó un par de años antes (2021), cuando todavía no se conocía el contenido del teléfono de Luis Hermosilla, abogado y exasesor del Ministerio del Interior del anterior gobierno, tiene un estrecho vínculo con esa investigación. Esto, justamente, porque Hermosilla era su abogado defensor, quien solía hablar con su sucesor, el exdirector de la PDI Sergio Muñoz, sobre su caso, según se conoció después, pues las conversaciones estaban registradas en el teléfono del penalista.
Muñoz, de hecho, ya fue condenado a una pena sustitutiva de tres años y un día de libertad vigilada en mayo del año pasado, tras reconocer haber entregado información de al menos cinco causas judiciales al abogado. Una de ellas, el caso de Espinosa, del que dio detalles "sobre emisión y cobro de cheques bajo el ítem de gastos reservados, entre 2015 y 2018", de acuerdo con la fiscalía.
Por qué se desechó el recurso
Entre otros argumentos, los magistrados sostienen en el caso de Espinosa que "los jueces del tribunal de juicio oral al dictar la sentencia impugnada han cumplido a cabalidad con las normas legales que rigen la materia, sin que se advierta en ello algún vicio de los que invoca el recurrente, por lo que el recurso será íntegramente desestimado".
Plantea además la sala que "la exigencia de fundamentación ha sido debidamente satisfecha en la sentencia impugnada, pues en ella se explican suficientemente las razones que tuvo el tribunal para estimar la configuración de los ilícitos imputados".
La sentencia, de más de 50 páginas, se va haciendo cargo una a una de las causales -o motivos- por las que el abogado Marcelo Torres, quien representa a Espinosa, estimaba que correspondía anular el juicio oral y el fallo de primera instancia.
También, advierten -en alusión a las causales invocadas por la defensa en su recurso- que "el tribunal no incurre en las omisiones o infracciones denunciados".
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