Jueves, 26 de Marzo de 2026

Inconveniente, ilegal e irreversible

ColombiaEl Tiempo, Colombia 26 de marzo de 2026


Jorge Restrepo
Hace algo más de 4 años, cuando iniciaba la campaña a la presidencia de 2022, tres candidatos, Fajardo, Gaviria y el actual Presidente Gustavo Petro, decidieron apoyar la reforma "de pilares" al sistema de pensiones


Jorge Restrepo
Hace algo más de 4 años, cuando iniciaba la campaña a la presidencia de 2022, tres candidatos, Fajardo, Gaviria y el actual Presidente Gustavo Petro, decidieron apoyar la reforma "de pilares" al sistema de pensiones. En ese momento, varios mencionamos que el objetivo último de tal reforma era apropiar el ahorro pensional para financiar gasto público. No era sólo que la reforma propuesta convirtiera los aportes de ahorro pensional individual en un impuesto puro, sino que tomaría el capital e intereses acumulados para financiar gasto público. Algo inconveniente. La crítica sirvió, pues la reforma que aprobó el Congreso estableció límites. El primero fue obligar a que lo ahorrado estuviese en un fondo que solo puede desacumular recursos según las necesidades de pago de pensiones reconocidas. La regulación de ese fondo no la expidió el Gobierno a tiempo, y como la Corte Constitucional suspendió la reforma, la plata sigue al cuidado de las Administradoras, generando rendimientos. El segundo freno es la delegación del manejo del fondo al Banco de la República y la prohibición de usar ese fondo para fines diferentes al pago de la pensión, en el momento en el que se requiera pagarlas o para retiros de quienes no se pensionan. El lío es que el Gobierno está a punto de expedir un decreto que rompe estas salvaguardas y obliga a las administradoras a entregar a Colpensiones, en quince días, los ahorros de quienes se han pasado al régimen estatal de reparto, por más de $25 billones, según la Contraloría. Como Colpensiones es un pagador de pensiones, que las atiende con lo que recibe de cotizaciones (el impuesto puro) y del presupuesto, este traslado supone que necesitará menos plata del presupuesto, generando un gran alivio al tesoro nacional, en medio de la crisis fiscal y justo antes de elecciones. El decreto es ilegal, pues el artículo 76 de la Ley 2381 dice expresamente lo contrario del traslado a Colpensiones que ordena el decreto: "Los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de las personas que hagan uso" del traslado "seguirán siendo administradas por las Administradoras hasta el momento en que se consolide la pensión". Los afiliados que no tienen pensión consolidada son quienes tienen mayor riesgo, pues no hay razón jurídica que justifique ese traslado forzoso e inmediato de sus ahorros. Como el gobierno no puede crear obligaciones de hacer o de dejar de hacer sin mandato de ley, y menos contra la ley, este decreto es inválido, nulo e inaplicable, además de que produce hechos consumados sobre una ley cuya constitucionalidad está siendo examinada por la Corte. Pero mientras se obtiene el fallo que lo anule, los efectos del decreto serán irreversibles: una vez liquidados los ahorros y transferidos al gobierno, ese ingreso se consumirá en el gasto, la restitución de esos recursos a cada ahorrador será imposible y el daño patrimonial a los ahorradores irreparable. Van a romper, sin reversión posible, el sistema de pensiones.
Profesor de la Universidad Javeriana.
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