Cuestionamientos . De acuerdo con fuentes, la ONPE usó un criterio que no se encontraba incluido en las bases del proceso de adjudicación del servicio de transporte del material electoral, relacionado con la capacidad útil de cada vehículo que sería usado.
El retraso en la entrega del material electoral en Lima sur, lo que afectó el desarrollo de las elecciones generales del 2026, originó que las miradas se centren en el proceso en el que se seleccionó a la empresa Galaga como la encargada de distribuir esos elementos.
El Comercio accedió a documentos en los que se evidencia que Galaga fue elegida por la ONPE pese a que su propuesta económica, de S/6?368.332,75, era más alta en comparación con los otros dos competidores: Consorcio AFE (S/5?898.928,66) y Hermes Transportes Blindados (S/6?200.184,56).
Otro punto para destacar es que en los términos de referencia del contrato se establece que la empresa participante debe ser propietaria de 40 vehículos, pero en las últimas semanas se evidenció que Galaga hizo una convocatoria por redes sociales para el alquiler de 400 furgonetas.
El documento con los términos de referencia del contrato fue firmado por los funcionarios de la ONPE Juan Antonio Phang Sánchez, subgerente de Producción Electoral, y José Edilberto Samamé Blas, gerente de Gestión Electoral. Este último renunció a su cargo tras las demoras en la entrega del material electoral y fue detenido por la policía en flagrancia ante un presunto delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
En el caso de Phang, este tiene abierta una investigación por presuntamente ser integrante de una organización criminal que penetró la ONPE y el desactivado Consejo Nacional de la Magistratura para favorecer al partido de José Luna Gálvez (Podemos Perú).
?Modificación?
Según fuente de El Comercio, la ONPE usó un criterio para la evaluación técnica de las propuestas del concurso para la adjudicación del servicio de transporte del material electoral que no se encontraba incluido en las bases y que habría favorecido a Galaga.
Las dos empresas competidoras dejaron constancia de ello en un documento notarial. La ONPE habría usado ese ?criterio? para determinar la capacidad útil de cada vehículo que sería usado en el transporte del material electoral.
El consorcio AFE cuestionó que el comité de la ONPE haya decidido que para lograr hallar el metraje cúbico de cada vehículo se quitarían los dos metros de la cabina de la unidad. En tanto, Hermes argumentó que ?los términos de referencia del contrato establecen que el cálculo del metraje cúbico de cada vehículo se realiza en función o tomando como base las dimensiones de la tarjeta única de circulación y que no se especifica en los términos de referencia ningún otro criterio para poder establecer la carga útil de los vehículos?.
Los representantes de la entidad electoral explicaron que no se debía tomar en cuenta los dos metros de la cabina de los vehículos porque en ese espacio se encuentra el conductor, el copiloto y el comisionado de la ONPE, por lo que no debía ir el material electoral.
Este ?criterio? usado por la ONPE permitió a Galaga obtener 100 puntos en el puntaje técnico, mientras que Hermes y Consorcio AFE consiguieron 80 y 70 puntos, respectivamente.<FFFC>