Cumplan su función
Recordemos algunas normas constitucionales: Dice el artículo 122 de la Constitución que ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben
Recordemos algunas normas constitucionales: Dice el artículo 122 de la Constitución que ningún servidor público entrará a ejercer su cargo sin prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben. El artículo 123 señala que los miembros de las corporaciones públicas —la primera de ellas, el Congreso— son servidores públicos. Agrega: "Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento". De conformidad con el artículo 133, los miembros de cuerpos colegiados de elección directa —como el Senado y la Cámara— "representan al pueblo, y deberán actuar consultando la justicia y el bien común". Dice a continuación: "El elegido es responsable políticamente ante la sociedad y frente a sus electores del cumplimiento de las obligaciones propias de su investidura". El Congreso, como lo ha expuesto la jurisprudencia de manera reiterada, es el titular de la cláusula general de competencia en materia legislativa. Le corresponde "hacer las leyes", como lo proclama el artículo 150 constitucional, que enuncia detalladamente numerosos asuntos en los que la Rama Legislativa se debe ocupar, en uso de la aludida representación, mediante leyes, de manera independiente pero en colaboración armónica con las otras ramas y órganos estatales, según lo estipula el artículo 113. Los miembros de las cámaras legislativas deben asistir a las sesiones, participar en los debates y votar sobre los asuntos respecto a los cuales dichos cuerpos deben resolver. Sobre el deliberado ausentismo, sin excusa, cabe decir que constituye una falta. Según el artículo 183, numeral 2, de la Constitución, los congresistas perderán su investidura, entre otras causas, por la inasistencia, en un mismo período de sesiones, a seis reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura. Algunos sectores políticos se empeñan en impedir que el Congreso de la República ejerza la función legislativa que le corresponde. Mediante bloqueos, ausentismo, rupturas de quorum, archivo prematuro de proyectos de ley —sin debate alguno— y otras tretas, obstruyen el trámite previsto en la Constitución y en la Ley 5 de 1992 para la aprobación de las leyes. En contravía de esos mandatos superiores y con origen en la polarización política, eso ha impedido el ejercicio de la función legislativa en materias tan importantes como la salud —pese a la grave crisis ocasionada por el sistema vigente—, el trabajo, la educación, las pensiones, la protección de derechos y las garantías sociales. Ahora resulta que no quieren discutir ni tramitar las disposiciones relativas a la Jurisdicción Agraria y Rural —creada por Acto Legislativo 3 de 2023—, pese a que, según el artículo 150, numeral 18, de la Constitución, al Congreso compete "dictar las normas sobre apropiación o adjudicación y recuperación de tierras baldías". Al legislador le compete establecer las reglas a las que se sujeta el ejercicio de la administración de justicia. Los proyectos de ley o de reforma se llevan al Congreso —con independencia del organismo que haya tenido la iniciativa— para que se discutan en los debates que contemplan la Constitución y el Reglamento, tanto en las respectivas comisiones como en las plenarias de las cámaras. No se trata de aprobar los textos tal como vienen —de modo automático—, sino de discutir, examinar, proponer, sustentar y decidir, votar con plena libertad y a conciencia, en beneficio del interés general de la colectividad. Ojalá, durante las próximas legislaturas, los nuevos congresistas tengan en cuenta las aludidas reglas constitucionales y recuerden que obstruyendo los procesos legislativos no propinan golpes al presidente de la República ni a los autores de determinado proyecto, pero sí causan enorme daño al pueblo, del cual se supone que son representantes, en el sistema democrático. Deben trabajar. Y construir, no destruir.
Punto de referencia
José Gregorio Hernández Galindo