¿Norma vulnerable? Las áreas grises de la regulación financiera contra la prevención del crimen organizado
Según la mirada de expertos, el caso reveló la necesidad de fortalecer el funcionamiento de la Unidad de Análisis Financiero o revisar la normativa vigente sobre fraudes.
Los controles internos y la supervisión que rige sobre la industria financiera chilena están en el centro del debate, tras la investigación del Ministerio Público que constató una millonaria operación de lavado de activos vinculada al Tren de Aragua en el corazón de un banco grande.
Con un vínculo laboral de seis años, un ejecutivo del Santander se las arregló para movilizar cerca de $80.000 millones entre cuentas que involucran, por lo menos, a dos instituciones más. Mientras Santander dice que no puede referirse a una investigación en curso, Scotiabank declinó responder preguntas sobre el caso. "El Mercurio" también consultó a Banco Falabella sobre su accionar en esta materia, a lo que indicaron que si bien cuentan "con un modelo permanente de prevención, monitoreo y control, que considera seguimiento de operaciones y mecanismos de detección de transacciones inusuales o sospechosas", el reporte de estas -que corresponde enviar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF)- es confidencial.
Según el marco legal chileno, el primer filtro del sistema preventivo recae en los propios sujetos obligados, que deben detectar operaciones inusuales, analizarlas internamente y, cuando corresponda, enviar un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) a la UAF. Ese reporte no equivale a una denuncia ni supone que la entidad determine la existencia de un delito. En el caso investigado, aún no se conoce públicamente qué alertas internas se activaron, qué instituciones intervinieron, ni si esos antecedentes derivaron en reportes a la UAF.
Con todo, los especialistas ven flancos que se abrieron tanto a nivel de controles internos como de supervisión. Una de las primeras conclusiones del caso para Mauricio Fernández, exjefe de la Unidad Especializada en Lavado de Dinero, Delitos Económicos y Crimen Organizado de la Fiscalía, es que "en los controles que las industrias tienen que tener hacia sus ejecutivos y hacia sus trabajadores en funciones críticas o en funciones sensibles, ahí creo que hay un espacio de mejora importante".
El rol de la UAF
Tanto entre los expertos como en la industria, las lecciones obtenidas convergen hacia el mismo punto: el rol de la UAF, el organismo público encargado de coordinar el sistema preventivo contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. La UAF recibe los ROS enviados por los sujetos obligados; realiza análisis de inteligencia financiera y, cuando detecta indicios de lavado de activos o financiamiento del terrorismo, remite antecedentes al Ministerio Público, única institución responsable de investigar y perseguir penalmente estos delitos.
Desde la CMF y desde la industria bancaria, han apuntado a la UAF como la encargada de supervisar este tipo de conductas. Fernández concuerda en que casos como este, donde un ejecutivo opera "muchísimas cuentas en muchos bancos", debe encender las alarmas de la UAF, pero hace una salvedad: "La CMF es muy celosa de su ámbito de supervisión, con el sistema bancario".
En la industria comentan otro elemento: la UAF no provee suficiente feedback respecto de qué información es relevante o si los ROS deberían ser más completos. "Si lo hicieran, los bancos podrían ser más eficientes", dice un alto directivo del sector.
Otros plantean que hay limitaciones concretas para la UAF, como las multas que puede llegar a cursar por incumplimiento de deberes preventivos. Rodrigo Reyes, director jurídico de Prelafit Compliance, detalla que "la multa máxima es de 5.000 UF (unos $200 millones), pero que jamás se ha aplicado. Estas multas no cumplen con la exigencia que nos hace la OCDE, que sean realmente 'efectivas, proporcionales y disuasivas'".
Para Rodrigo Guerra, abogado penalista y académico de la U. de los Andes, cuando se trata de entidades financieras hay un grado importante de responsabilidad a nivel interno: "Cuando una empresa cuenta con un modelo de prevención de delitos adecuado y sujeto a revisiones periódicas, ello puede constituir una eximente o atenuante".
En un banco, el responsable del manejo de los ROS es el oficial de cumplimiento ( compliance ). En una entidad grande pueden trabajar hasta 50 personas en su equipo. Un conocedor del sistema dice que los bancos han planteado propuestas de mejora en mesas técnicas, como que se les permita advertir a otros bancos de un cliente sospechoso, pero la legislación lo impide.
Norma "obsoleta"
A nivel más sistémico, otros apuntan a ciertos avances en la Ley de Fraudes que podrían "complementar" los esfuerzos contra el crimen organizado. Un borrador elaborado por la Asociación del Retail Financiero (ARF) advierte, por ejemplo, que la legislación es más permisiva con los "adquirentes" (quienes disponen los dispositivos POS, para admitir pagos con tarjeta) que con los emisores de los plásticos al exigir resguardos. Creen que la norma ha ido quedando obsoleta.
Entre otras medidas, el documento alerta también de que no hay una habilitación legal expresa para el intercambio de información antifraude entre distintos actores. "Lo que hemos visto en materia de lavado de activos a raíz de los últimos acontecimientos amerita un análisis y revisión del accionar de todos los actores que componemos el mercado financiero", dice Claudio Ortiz, presidente de la ARF.