La presidenta del organismo, Jimena Pardo, explicó en el Senado las ventajas que tendría la nueva ley que envió el gobierno y estudian los senadores.
Las autoridades del Banco de Previsión Social (BPS) concurrieron al Senado para exponer sobre su proyecto de ley que implica mejoras en las condiciones de pago de deudas previsionales. Unas 37 mil empresas podrían beneficiarse de este nuevo régimen, dijo la presidenta del organismo, JimenaPardo, este jueves en la comisión de Asuntos Laborales y Seguridad Social.
Incluso, según consta en la taquigráfica, Pardo dijo que "los beneficiarios podrían ser más, dado que estos regímenes siempre colaboran a que personas que hoy están en 'negro' puedan ampararse".
Según explicó, el proyecto hace hincapié en las micro y pequeñas empresas que "concentran más de la mitad de lo que es el monto moroso".
Al argumentar la importancia de la nueva ley, Pardo dijo que hoy en día está vigente el CódigoTributario. Las tasas son reguladas por el Banco Central e implican más del 9% anual cuando el proyecto propone 2% en intereses de financiación. Jimena Pardo, presidenta del BPS.
Además, la normativa actual tiene un número de cuotas "acotado" de 36 y "hay conceptos que no se pueden financiar".
Pero más allá del Código Tributario, Pardo explicó que hay otras leyes vigentes. Responden a periodos temporales acotados, por lo que, al calcular la deuda de una persona, se deben tener en cuenta distintos regímenes según períodos de adeudos. Lo que no solo dificulta la comprensión para la persona, sino que también demanda una especialización del funcionariado, que es más difícil en el interior.
Pardo ejemplificó que, "si viene una persona, hay que calcularle -supongamos que la deuda es larga, desde el 2006- por el Código Tributario y, eventualmente, también por todas las combinaciones posibles con todas las leyes por cada período".
Pero, con la nueva ley se abarca todo el período hasta la entrada en vigencia de la ley, si bien se preserva la posibilidad de "lo más conveniente".
El proyecto enviado por el PoderEjecutivo establece -según se explica en su exposición de motivos- que las empresas que quieran hacer uso de las facilidades "deben tener canceladas sus obligaciones corrientes de los tres meses anteriores a la suscripción del convenio". "Esta condición pretende estimular el cumplimiento mensual y corriente de las obligaciones, instando a las empresas a ajustar su conductatributaria como eslabón previo a acceder al nuevo régimen de facilidades", se argumenta.
Sin embargo, las "micro y pequeñas empresas prescindirán de este requisito para acceder a los planes de financiación establecidos". Asimismo, "podrán optar por un período de gracia inicial, durante el cual las empresas podrán dilatar el comienzo del pago de las cuotas", se añade. Esto se hace para que "puedan cumplir con sus obligaciones sin poner en riesgo su funcionamiento o la estabilidad laboral de sus trabajadores".