Miércoles, 17 de Junio de 2026

Error del MSP ante demanda de anestesista le privó posibilidad de presentar sus testigos en juicio

UruguayEl País, Uruguay 17 de junio de 2026

La cartera informó este martes en el Parlamento que dispuso una investigación administrativa luego de constatar que se respondió fuera de plazo la demanda presentada por Miralles contra la sanción; esto valió nuevas críticas de la oposición, en especial de Lema, por haber ocultado la información.

En paralelo a la batalla política que ha tenido que afrontar la ministra Cristina Lustemberg por el caso Soledad Barrera, su cartera enfrenta otra judicial, generada por Inés Miralles anestesista condenada por la Justicia a 24 meses de prisión domiciliaria por un delito de homicidio culposo, que presentó una acción de nulidad contra la inhabilitación que le impuso la propia cartera por la mala praxis cometida, que hoy se tramita en el Juzgado Letrado de lo Contencioso Anulatorio de 1° Turno.

El caso terminó de hacerse mediático a partir de que se conoció que, al margen del recurso que Miralles planteó en la vía contenciosa, Lustemberg había decidido en octubre de 2025 bajarle la sanción de inhabilitación de cinco a tres años, lo que produjo la renuncia de 11 de los 13 integrantes de la Comisión de Salud Pública, que fue el ámbito en donde se analizó el caso así como las conclusiones de una médica legista del MSP, que evaluó las investigaciones que hizo, por ejemplo, el SMI, disconformes con la decisión, y una furibunda reacción de la oposición, que ayer volvió a cuestionar a la ministra, además de pedirle nuevas explicaciones (ver más adelante).

Hay un momento en que se cruzan ambos frentes, porque la oposición también ha criticado y preguntó este martes al respecto, en la sesión de la comisión de Salud Pública del Senado que la cartera respondiera fuera de plazo a la demanda de Miralles. Esto es relevante porque se trató de un olvido que dejó al MSP en una situación de vulnerabilidad, ya que de acuerdo con el Código de lo Contencioso Administrativo de 2024 "la incomparecencia, el silencio, las respuestas ambiguas o evasivas y la negativa meramente general que fue a lo que se expuso la cartera se tendrán como admisión de los hechos alegados en la demanda, en cuanto no resultaren contradichos por la prueba de autos".

Ahora bien, para subsanar este inconveniente, en la fase de presentación de pruebas el MSP propuso la inclusión de testigos "prueba testimonial", pero esto fue recurrido por la defensa de la anestesista, lo cual fue aceptado parcialmente por la jueza Lucía Techera Tealdi, según la sentencia interlocutoria a la que accedió El País.

"Todos los hechos que surgen de la demanda se tienen por ciertos, salvo aquellos que resulten contradichos por los antecedentes administrativos, por lo que no corresponde admitir ningún medio de prueba adicional", estableció la jueza, que también definió: "No se admitirá prueba alguna que tienda a acreditar un hecho controvertible relatado en la demanda, en tanto no fue controvertido por el demandado", aunque la magistrada "sí analizará" si surgen elementos que contradigan "lo relatado en la demanda".

Lo que, en suma, estableció la sentencia, fue "rechazar (la prueba) testimonial" propuesta por la cartera, pero, no obstante, requirió que se realice "una pericia médica, no a efectos de "que esta incida sobre los hechos propiamente dichos, sino para que se realice por parte de un profesional experto en la materia, una valoración técnica". "Esta resulta necesaria para que esta decisora, que no posee conocimientos médicos, pueda luego valorar la configuración o no de la responsabilidad imputada" a la anestesista.


De cualquier forma, este es episodio sobre el que la cúpula del MSP tiene una visión autocrítica. "Es cierto, se presentó la contestación de la demanda un día después ante el TCA. Fue un error humano, (se debió) a la cantidad de juicios y procedimientos, tanto del TCA como de juicios ordinarios de amparo que existen en el Ministerio de Salud Pública", dijo en conferencia de prensa, luego de la sesión con los senadores, Fabiana Alonso, subdirectora del departamento jurídico de la cartera.

La funcionaria también matizó el impacto que ese error puede tener en el desenlace del proceso: "Lo que quedó fuera del expediente fue el relato de los hechos afirmó. Pero todas las pruebas, con todas las actuaciones administrativas y, en este caso, a solicitud de la jueza, con una pericia, están incorporados al proceso".

Puertas adentro, según indicaron a El País varias fuentes parlamentarias, el MSP también informó que producto de este error la cartera inició una investigación administrativa, algo que había sido consultado específicamente por el senador blanco Martín Lema.

"Lo dijimos en la comisión y lo repito acá, se ocultó información al Parlamento criticó el senador blanco, en rueda de prensa. Cuando se vino al Senado y a Diputados, ya se sabía que el Ministerio de Salud Pública no se defendió ante el recurso presentado por la profesional en cuestión. Y no se dijo. Se hizo referencia al proceso y no se dijo. Por lo tanto, claramente hay una pérdida de confianza en el actuar de la ministra y nos genera una profunda indignación".

El senador Javier García también consultó por la fecha de esta investigación, y las autoridades señalaron que fue sobre fines del año pasado días después del vencimiento del plazo.

"No existió ningún apartamiento de las normas"

La ministra no cambió su defensa conceptual desde que, semanas atrás, comenzaron los cuestionamientos contra la atenuación de la pena administrativa que han provenido tanto de la familia de la paciente fallecida, Soledad Barrera, como de ciudadanos indignados que llegaron a firmar una petición digital, además de la oposición.

Luego de poner en contexto que son pocos los recursos que se interponen contra los fallos de la Comisión de Salud Pública que obligan a la intervención del ministro, e insistió en que a la hora de decidir la baja de la pena se tuvo en cuenta los aspectos "formales" del proceso administrativo que cuestionó Miralles aunque estos fueron refutados en su totalidad en los considerando de la propia resolución de Lustemberg, además del "criterio de gradualidad de la sanción" y que "en otros casos similares la pena de inhabilitación para el ejercicio de la profesión no excedió los tres años".

Ante los senadores, de acuerdo a un documento en el que Lustemberg basó su exposición, subrayó que su decisión se basó en "fundamentos de tipo jurídico y no del fondo del asunto" y que "de ninguna manera" eso implicaba "desconocer la gravedad de las irregularidades constatadas y que correctamente fueron señaladas por la Comisión de Salud Pública".

También fue insistente pues lo dijo en comisión y luego en diálogo con la prensa en que no hubo "ningún tipo de apartamiento de las normas y mucho menos una intención de favorecer en algún sentido a la doctora Inés Miralles". "Como he dicho en otras oportunidades, no conozco a la Dra Inés Miralles, no tengo vínculo ninguno con ella y quienes me conocen saben muy bien, y miro a los legisladores que han trabajado conmigo a lo largo de tantos años, que las decisiones que he tomado y tomo, están enmarcadas en los principios éticos que rigen mi vida personal y por tanto, también el ejercicio de la función pública.


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