El Comercio, Perú
13 de agosto de 2026
La Constitución lo establece con toda claridad en su artículo 194: ?No hay reelección inmediata para los alcaldes?
La Constitución lo establece con toda claridad en su artículo 194: ?No hay reelección inmediata para los alcaldes?. Se trata de una disposición discutida desde muchos sectores y a veces con razones atendibles, pero lo cierto es que está vigente y corresponde a las autoridades vigilar su cumplimiento. En este caso, a las autoridades electorales y singularmente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Actualmente, sin embargo, eso no está ocurriendo.Como se sabe, la prohibición de la reelección municipal está siendo burlada a través de una artimaña grosera que se repite en decenas de distritos y provincias de todo el país: alcaldes en funciones o que renunciaron al cargo antes de terminar su período están postulando como tenientes alcaldes en las listas de sus partidos, acompañando a candidatos de pantalla que luego han renunciado a su aspiración, alegando ?motivos personales?. ¿El resultado? Si el partido en cuestión obtiene el triunfo en las ánforas, el ciudadano elegido como teniente alcalde asumirá el puesto al que no podía postular… A todas luces, una criollada de la que hasta cierta parlamentaria cercana a alguno de esos candidatos ha hecho alarde diciendo: ?Allá el Jurado [Nacional de Elecciones] que se deja sacar la vuelta?. Una sentencia que destila desfachatez, pero que describe con precisión lo que está sucediendo. Específicamente, el titular de esa institución, Roberto Burneo, se ha encogido de hombros ante esta situación y ha tratado de salir del problema criticando la ley que está siendo burlada. Como es evidente, no obstante, ese no es su rol. Su deber es, más bien, hacer que se respete lo que dice la Constitución, actuando con criterio de conciencia. Impedir, en buena cuenta, que esas candidaturas ?truchas? prosperen.Por lo demás, esta actitud de comparsa ante los afanes de ciertos políticos por acomodar las leyes electorales a su conveniencia aprovechando los vacíos que podrían existir en ellas no es nueva en él. La mostró también cuando Rafael López Aliaga decidió hacer caso omiso de lo que la ciudadanía había consagrado por la vía del voto y se negó a asumir su curul senatorial. El constitucionalista Natale Amprimo recordó en este Diario que el doctor Manuel Sánchez-Palacios Paiva, otrora presidente del Poder Judicial y del mismo JNE, mencionó en su momento que, desde la época de los romanos, cuando algo ha sido prohibido por una vía, no se puede admitir por otra. Pero ni esa reflexión, ni ninguna otra, parece capaz de sacar de su pasmo a la autoridad que tendría que estar impidiendo tantas postulaciones encubiertas a la reelección municipal.