La Nación, Costa Rica
6 de septiembre de 2026
El Foro NIIF 2027 de ‘El Financiero’ abordó las nuevas exigencias para los grandes contribuyentes, que podrían enfrentar una mayor carga documental y ajustes en sus registros financieros.
Los estados financieros y contables de los grandes contribuyentes están a las puertas de someterse a una serie de ajustes a partir del próximo año, de acuerdo con la Resolución N.° MH-DGT-RES-0015-2026 del Ministerio de Hacienda.
El cambio afectará directamente la manera en que algunos grandes contribuyentes aplican las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) al momento de rendir cuentas ante el fisco. Algunos obligados tributarios pasarían de utilizar un marco contable más sencillo, bajo el esquema de NIIF para las Pymes, a uno completo, que puede implicar hasta el triple de documentación.
Las nuevas reglas contables establecidas por Hacienda fueron abordadas por Alberto Porras, socio de la firma Baker Tilly, y Francisco Ovares, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, durante el foro "NIIF 2027: Nuevas reglas contables", conducido por el jefe de redacción de El Financiero, Sergio Morales.
Los especialistas explicaron cómo las NIIF regulan la presentación de la información financiera para que sea comprensible y comparable en cualquier parte del mundo, cómo se aplican actualmente en Costa Rica y cuáles serían los cambios a partir del 1.° de enero de 2027, en caso de que el Ministerio de Hacienda mantenga el ajuste dirigido a los grandes contribuyentes, pese a la oposición del Colegio de Contadores Públicos.
¿Cómo funcionan las NIIF?
Las normas NIIF son reglas que se establecen para regular el registro contable de las operaciones de una empresa, y así tener información confiable y de calidad.
Estas normas determinan cómo deben registrarse las operaciones y cómo debe presentarse la información en los estados financieros, de manera que un lector o grupo de interés pueda interpretarla y utilizarla para tomar decisiones. En otras palabras, buscan que los estados financieros reflejen de forma adecuada la realidad económica de una organización.
Porras ejemplificó su aplicación de la siguiente manera: "sus activos están a valor de mercado. Una propiedad vale ȼ1 millón o vale más, entonces, la norma viene a transformar esos registros contables para mostrar una revelación más idónea al giro del negocio".
De esta forma, las normas también permiten determinar cuándo es necesario actualizar el valor de determinados activos y reconocer contablemente ese cambio.
Tanto la Ley del Impuesto sobre la Renta como su reglamento y el Código de Normas y Procedimientos Tributarios establecen que la contabilidad debe llevarse de conformidad con las normas adoptadas por el Colegio de Contadores Públicos, ente que oficializó el uso de las NIIF en Costa Rica desde 2001.
No obstante, en algunos casos es necesario realizar conciliaciones fiscales debido a que el tratamiento establecido por las normas internacionales no coincide con la interpretación tributaria de Hacienda. Porras explicó que, por ejemplo, la depreciación de un activo puede reconocerse como un gasto contable de acuerdo con las NIIF, pero no necesariamente ser considerada un gasto deducible para efectos tributarios. Es ahí donde entra en juego la conciliación fiscal.
"Entonces aquí es donde yo me voy a la conciliación fiscal del resultado contable, le digo más gasto por depreciación de revaluación porque no es un gasto deducible. ¿El fisco me lo acepta como un gasto deducible? No. Entonces tengo que ir a ajustarlo en la conciliación fiscal, aumentar la base imponible para el fisco y sobre eso calcular la base impositiva", explicó Porras.
Cambio en su aplicación
En el sector privado existen dos marcos de NIIF: las NIIF completas, que aplican a conglomerados regulados, empresas que cotizan en bolsa o multinacionales, y las NIIF para las Pymes, dirigidas al resto de los obligados tributarios que no cumplen con las condiciones establecidas para utilizar el marco completo.
Bajo este esquema, un gran contribuyente puede actualmente utilizar las NIIF para las Pymes siempre que no reúna alguna de las características que obligan a aplicar las NIIF completas.
Esa situación podría cambiar a partir de 2027. Ovares explicó que, "por interés fiscal, todos los grandes contribuyentes tienen que llevar la contabilidad y ser auditados bajo el marco de las NIIF completas". Pasarán de 1.000 páginas de información, en su gran mayoría, a más de 6.000.
El cambio no solo implicaría adoptar un nuevo marco contable hacia adelante. Quienes estén sujetos a esta modificación también tendrían que realizar ajustes en las políticas contables de los últimos cuatro años al presentar la información correspondiente.
"Van a tener información financiera del 2026 bajo el marco normativo full (o completo), cuando han venido auditando bajo NIIF Pymes. Entonces, tienen que hacer la reexpresión de los últimos cuatro años, cambiar las políticas contables, cambiar todo lo que son las notas de los estados financieros y todos los registros contables que deben de hacerse", detalló Ovares.
A esto se suma otro punto de la resolución que genera dudas entre los especialistas: la norma generaliza su aplicación a los grandes contribuyentes sin diferenciar entre el sector público y el privado.
La distinción cobra relevancia porque las instituciones públicas se rigen por el marco de las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público. De acuerdo con lo expuesto durante el foro, estas entidades también tendrían que someterse a las NIIF completas si forman parte de la lista de grandes contribuyentes.
Más cambios
La modificación en las reglas para los grandes contribuyentes coincidirá con la entrada en vigor de nuevas normas contables. A partir del 1.° de enero de 2027 también comenzarán a regir la NIIF 18 y la NIIF 19.
La NIIF 18 establecerá nuevos requerimientos para la presentación de los estados financieros, entre ellos una mayor desagregación de la información relacionada con los resultados operativos, de inversión y financieros.
Porras explicó que esto también implicará revisar cómo se clasifican determinadas transacciones dentro de los estados financieros. "Tengo que tomar el diferencial cambiario y decir: ‘¿Este diferencial cambiario es de operación, es de inversión o es financiero?’".
El cambio, además, podría requerir una mayor coordinación entre las áreas contables y tecnológicas de las empresas, debido a que los sistemas deberán identificar y clasificar correctamente cada tipo de transacción.
"Además, deben sentarse con la gente informática para decirle, si un tipo de transacción es operativo, si es inversión o si es financiero", agregó Porras.
Tanto Porras como Ovares subrayaron que el gremio se mantiene a la espera de una respuesta del Ministerio de Hacienda para conocer si finalmente se derogará la resolución. Desde la perspectiva de los especialistas, el cambio agregaría mayores cargas y complejidad para los contribuyentes sin representar, a su juicio, una modificación en la recaudación del fisco.