La Nación, Costa Rica
22 de septiembre de 2026
AERIS y la Aviación Civil recuerdan las restricciones para operar drones cerca del Aeropuerto Juan Santamaría tras la duplicación de reportes de aeronaves no autorizadas.
El uso no autorizado de aeronaves pilotadas a distancia —conocidas comúnmente como drones— cerca del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría (AIJS) encendió las alertas de las autoridades operativas.
Durante el último año, los reportes de presencia de estos dispositivos en los alrededores de la principal terminal aérea del país se duplicaron, lo que compromete la seguridad operacional y amenaza con generar retrasos en el flujo de pasajeros.
Ante esta coyuntura, AERIS Holding Costa Rica, empresa gestora del aeropuerto, hizo un llamado urgente a la población para respetar la normativa aeronáutica vigente antes de elevar este tipo de equipos.
La presencia de un dron en las trayectorias de despegue, aproximación o aterrizaje representa un riesgo directo. A las velocidades en que se desplazan las aeronaves comerciales, la colisión con un equipo de este tipo —incluso de dimensiones reducidas— puede causar daños severos en componentes críticos como parabrisas, motores o superficies de control.
Impacto en la operación aérea
Más allá del peligro físico, el avistamiento de un dron no autorizado activa de inmediato protocolos de contingencia. Dependiendo de factores como la altura, la ubicación y la persistencia del equipo en el aire, la Torre de Control y las autoridades competentes pueden decretar la restricción o suspensión temporal de las operaciones de despegue y aterrizaje.
Estas interrupciones preventivas suelen derivar en aeronaves en patrón de espera, desvíos hacia aeropuertos alternos y demoras en las secuencias de tránsito que afectan a miles de usuarios.
"Cada vez que se reporta un dron en las cercanías del aeropuerto, nuestra prioridad es proteger la seguridad de las personas y garantizar una operación aérea segura. Por esa razón, cuando existe un riesgo potencial, se activan protocolos de coordinación con la Torre de Control y las autoridades competentes para evaluar la situación y adoptar las medidas operacionales que correspondan", explicó Arturo Zamora, gerente de Operaciones y Seguridad de AERIS.
La regla de los 8 kilómetros
La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) establece una prohibición clara: no se permite volar drones dentro de un radio de 8 km alrededor de cualquier aeródromo del país, salvo que se cuente con un permiso expreso emitido por la entidad.
Para operar dentro de esta franja de restricción, la persona o empresa responsable debe tramitar una solicitud previa ante la DGAC. En dicha gestión se debe detallar:
Con estos datos, la autoridad aeronáutica determina si el vuelo es procedente y fija las condiciones de coordinación requeridas. Volar sin la debida autorización puede acarrear la apertura de procedimientos administrativos y las sanciones estipuladas en la legislación aeronáutica del país.
Actualmente, el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría conecta a Costa Rica con 42 destinos internacionales a través de 28 aerolíneas comerciales (26 internacionales y dos domésticas), por lo que la disciplina en el espacio aéreo resulta clave para mantener la continuidad del servicio.