Viernes, 06 de Noviembre de 2026

Ocho JEE fallan con distintos criterios en casos de reelección encubierta

PerúEl Comercio, Perú 6 de noviembre de 2026

PRONUNCIAMIENTOS. Al menos siete candidatos fueron proclamados regidores y otros dos alcaldes, bajo distintas interpretaciones de la ley vigente. El pleno del JNE, que preside Roberto Burneo, revisará de oficio las actas de proclamación y fijaría un criterio uniforme.

Por Martín Calderón Pasache
Los jurados electorales especiales (JEE) de Recuay, Huancayo, Trujillo, Lima Norte 2, Lima Este 2 e Ica proclamaron como regidores a siete candidatos que buscaban volver a ejercer como alcaldes, en casos que involucran una presunta reelección encubierta. En cambio, los JEE de Moyobamba y Bagua optaron por proclamarlos como alcaldes en otros dos casos. Las decisiones evidencian que no existe un criterio uniforme.Otros 12 casos permanecen pendientes de pronunciamiento, entre ellos el de Rafael López Aliaga, quien espera liderar nuevamente la Municipalidad Metropolitana de Lima con Renovación Popular.En Ica, el JEE declaró inejecutable la proclamación de Jorge Luis Quispe Saavedra, de Renovación Popular, como alcalde del distrito de San Juan Bautista. El organismo señaló que no podía asumir nuevamente el cargo. ?Su proclamación y posterior ejercicio del cargo supondrían la continuidad inmediata en la alcaldía, en contravención de la prohibición constitucional señalada en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú?, señaló el órgano electoral.La decisión fue adoptada por mayoría, con dos votos a favor y uno en contra. La magistrada Hilda Montes Navidad emitió el voto en minoría, al considerar que Quispe sí debía ser proclamado alcalde, pues había postulado como regidor y, en su opinión, no se configuraría la figura de la reelección. El JEE de Ica proclamó como alcaldesa a Rita Guerrero Cajo, quien ocupaba el segundo lugar en la lista de regidores.Los alcaldes distritales José Corpus Méndez (Marca, Áncash), Benito Aguilar Rojas (San Jerónimo de Tunán, Junín), Wilmer Sánchez Ruiz (La Esperanza, La Libertad), Salvador León Clement (Víctor Larco Herrera, La Libertad), Alfredo Reynaga Ramírez (Independencia, Lima) y Richard Soria Fuerte (El Agustino, Lima) fueron proclamados como primeros regidores de sus respectivas jurisdicciones. En cambio, los jurados electorales especiales (JEE) de Moyobamba y Bagua proclamaron como alcaldes a Carlos Hidalgo Réategui (Zapatero, San Martín) y Hermógenes Lozano Trigoso (Condorcanqui, Amazonas), respectivamente. ?Pendientes?Al cierre de esta edición, permanecían pendientes de pronunciamiento, en el ámbito distrital, los casos de Regis Pomalaya Godoy (Quilmaná, Cañete), Diana Apulceta Cáceres (Mejía, Arequipa), Alejandro Bustamante Arteaga (Catilluc, Cajamarca), Enrique Navarro Cacho Sousa (Pimentel, Lambayeque) y Luis Maldonado Amao (San Juan de Lurigancho, Lima).A esta lista se suman seis casos en el ámbito provincial: Rafael López Aliaga (Lima), Jubinal Nicodemos Flores (Rioja, San Martín), César Caballero Nashnate (Requena, Loreto), Richard Ale Cruz (Islay, Arequipa), Polanski Carmona Cruz (Ferreñafe, Lambayeque) y May Díaz Pérez (Lamas, San Martín). Un caso particular es el de Nelson Tito Eguía, alcalde del distrito de Nicolás de Piérola, en Arequipa. A diferencia de los anteriores, este candidato postuló directamente al cargo de alcalde. Su argumento es que en las elecciones del 2022 fue elegido regidor, pero el candidato de su organización política a la alcaldía renunció durante el proceso electoral.?Revisión?Todas estas proclamaciones serán revisadas de oficio por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deberá establecer un criterio uniforme para resolver los casos. ?Va a tener que fijar el criterio que tanto se ha estado reclamando?, señaló el especialista en derecho electoral José Manuel Villalobos a El Comercio. Mediante un acuerdo de pleno del 28 de octubre, el JNE determinó que revisará las actas de proclamación con el propósito de ?garantizar la doble instancia y uniformidad de criterios jurisdiccionales?. El especialista en derecho electoral José Tello, presidente del Instituto Aklla Perú, cuestionó que algunos JEE hayan aplicado la prohibición de reelección inmediata de alcaldes durante la etapa de proclamación. Argumentó que la restricción prevista en el artículo 194 de la Constitución corresponde a la etapa electoral y no puede extenderse a la fase posterior a los comicios.
A más de un mes de las elecciones en Lima, y al cierre de esta edición, tres actas mantenían pendiente el conteo final de votos en el proceso por la alcaldía de la capital.
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