Hacienda revisará el reglamento de métodos de pago
La Ley 42 de 2015 prohibió que los comercios solo acepten efectivo, pero estacionamientos, oficinas médicas y otros negocios usan una cláusula reglamentaria para burlar el requisito de ofrecer métodos alternos como tarjetas de crédito o débito
La Ley 42 de 2015 prohibió que los comercios solo acepten efectivo, pero estacionamientos, oficinas médicas y otros negocios usan una cláusula reglamentaria para burlar el requisito de ofrecer métodos alternos como tarjetas de crédito o débito.
Se trata del Artículo 13 del Reglamento conjunto sobre alternativas de pago, que permitió establecer mínimos de $5.00 o $10.00 a las transacciones que se paguen con tarjeta de débito o crédito, respectivamente. Esos límites, que tienen que estar en rótulos visibles, no están en la Ley 42 que, según su exposición de motivos, busca "atajar la evasión contributiva".
"Esto es algo que el reglamento puede mejorar para ver cómo podemos incrementar los requisitos y restricciones para mejorar la fiscalización", reconoció ayer Ángel Pantoja Rodríguez, subsecretario del Departamento de Hacienda, sobre la cláusula que técnicamente permite ocultar un alto volumen de transacciones en efectivo. Por ello, adelantó que la agencia evaluará enmiendas al reglamento que administra en conjunto con el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO).
Sobre el particular, la secretaria del DACO, Carmen Salgado, recordó que al elaborarse el reglamento asociaciones comerciales pidieron incluir los pagos mínimos tras presentar "información de los costos por transacción que cobran los bancos".
"Lo que hemos visto es que tienen disponible cajeros automáticos para que los consumidores saquen dinero. Somos consciente de ello, pero si tienen las dos alternativas de pago y están dentro del reglamento, para efectos nuestros están cumpliendo", agregó la secretaria, en entrevista separada.
Por su parte, Pantoja puntualizó que Hacienda ha robustecido sus mecanismos de fiscalización mediante el Sistema Unificado de Rentas Internas (SURI) que, combinados con querellas ciudadanas, ya han generado resultados. Como ejemplo mencionó la imposición de 405 multas a negocios que no tenían instalados terminales fiscales, a pesar de tener un volumen de ventas de más de $125,000 anuales.
"Sí queremos atender la situación de los estacionamientos. Y en las oficinas de médicos la Ley 257 provee al Departamento (de Hacienda) mayor visibilidad a través del mecanismo de las informativas, que se generan por cada servicio prestado", mencionó sobre dos áreas de atención en 2020 al cumplimiento de las enmiendas al Código de Rentas Internas contenidas en la Ley 257-2018.
Mientras se produce el reexamen del reglamento conjunto, Pantoja resaltó que los ciudadanos pueden reportar violaciones a la normativa vigente o sospechas de evasiones contributivas en Suri.hacienda.pr.gov . Las denuncias son anónimas y no quieren registrarse en SURI, recalcó.
"El enlace se conoce como SURI Confidencia. La persona llena unos campos sobre la situación y le permite también subir evidencias, como boletos. Eso lo reciben funcionarios designados y le dan seguimiento", explicó el subsecretario sobre el mecanismo que ganó auge cuando el 1 de octubre pasado entró en vigor la reducción a 7% del IVU en alimentos preparados.
Pantoja recordó, además, que el "comerciante viene obligado a entregar el recibo de la transacción" al consumidor. La información en este recibo se puede subir como evidencia en la querella y usar para determinar si, por ejemplo, el comercio está reportando esas transacciones en efectivo o no y si está remitiendo el IVU correspondiente.
A su vez, Salgado destacó que el DACO también recibe y da seguimiento a las denuncias ciudadanas por sus cuentas de redes sociales y por su sistema de querellas en daco.gov.pr.