Viernes, 26 de Abril de 2024

Peajes, la vida de las vías de Colombia y el gran aporte social

ColombiaEl Tiempo, Colombia 5 de diciembre de 2022

El cobro de tasas, tarifas o peajes por el uso de la infraestructura en Colombia, constituye uno de los mecanismos que le permiten a la Nación atender las múltiples necesidades de desarrollo de infraestructura de transporte en el país, así como la de mantener operativamente y en condiciones seguras todas las vías que tiene a cargo

El cobro de tasas, tarifas o peajes por el uso de la infraestructura en Colombia, constituye uno de los mecanismos que le permiten a la Nación atender las múltiples necesidades de desarrollo de infraestructura de transporte en el país, así como la de mantener operativamente y en condiciones seguras todas las vías que tiene a cargo. Pero más allá de esto, los proyectos de Infraestructura concesionados por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), cuentan con un componente de gestión e inversión social importante en los territorios donde se desarrollan los proyectos.En el caso de los peajes a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías), según su director Guillermo Toro, dado que el artículo 22 de la ley 105 de 1993 y el artículo 70 de la ley 2159 de 2021 definen el destino de los recaudos de peaje, no es posible hacer una destinación diferente a la que allí se plantea. En la Ley 105 de 1993 en su artículo 22 dispone en qué se deberán gastar estos dineros así: "Destino de los recursos de peajes. En la asignación de los recursos del Instituto Nacional de Vías, recaudador de peajes, como mínimo será invertido el 50%, para construcción, rehabilitación y conservación en el respectivo departamento donde se recaude y el excedente en la respectiva zona de influencia". Lo anterior se adiciona con lo previsto en la Ley 2159 de 2021, "por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022", que dispone en el artículo 70 que "los recursos recaudados por concepto de peajes en vías de la red vial nacional no concesionada, serán invertidos por el Instituto Nacional de Vías en la rehabilitación, conservación y mantenimiento de la vía objeto del peaje y, cuando esta cumpla con los estándares técnicos requeridos, los recursos remanentes resultantes podrán destinarse por ese Instituto a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de vías de la red vial nacional no concesionada en el o los departamentos de origen de los recursos". Pero también, como lo señala William Fernando Camargo Triana, presidente de la Agencia Nacional de Infraestructura, ANI, este mecanismo de financiación le permite al inversionista privado recuperar la inversión realizada en los proyectos de concesión y APP, una vez se cumplan las condiciones legales y contractuales establecidas para el efecto. "Ello, por cuanto la estructura de financiación de los contratos de concesión implica que los concesionarios deben aportar los recursos de capital propio y de deuda con los cuales se ejecute la obra, los cuales son retribuidos con los recursos de explotación económica del proyecto (v.g. peajes, aportes estatales, explotación comercial), de manera tal que se cubran los costos e inversiones efectuadas para el cumplimiento del objeto del contrato que, como se mencionó, incluye los costos de financiación, construcción, rehabilitación, operación y mantenimiento, según lo establecido en la ley 1508 de 2012 y la ley 80 de 1993", recalca Camargo de la ANI. Como consecuencia de ello, la instalación de los peajes a lo largo del territorio nacional, y en lo que concierne a aquellos pertenecientes a los proyectos de infraestructura concesionados por la ANI, se encuentra asociada al cubrimiento de los costos e inversiones que se generen con ocasión de la ejecución de las obras necesarias para lograr el cumplimiento del objeto contractual, según sea el caso. Inversión en gestión social Pero más allá de estas destinaciones, los proyectos de infraestructura concesionados por la ANI, cuentan con un componente de gestión e inversión social importante en los territorios donde se desarrollan los mismos. Específicamente, los contratos de Cuarta Generación de concesiones Viales (4G), en el apéndice técnico 8, cuentan con instrumentos a nivel del componente de gestión social que buscan armonizar la infraestructura con los proyectos de concesión. Esta gestión incluye cuatro planes: de Compensaciones Socioeconómicas, Gestión Social, Reasentamiento (de requerirse) y de Responsabilidad Social y Ambiental. "En el Plan de Compensaciones Socioeconómicas, se incluyen un conjunto de reconocimientos que se otorgan a unidades sociales que tengan alguna relación con los predios para mitigar los impactos socioeconómicos, causados por razón de la ejecución de un proyecto", asegura William Fernando Camargo Triana, presidente de la ANI.
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