Lo que sigue tras la caída de la emergencia en La Guajira
Ayer, la Corte Constitucional informó que se había declarado inexequible el Decreto 1085 del 2023, promulgado en julio de este año, con el cual este gobierno declaró el "Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" y arrancó con la expedición de una serie de normativas que permitían gestionar recursos para esta región
Ayer, la Corte Constitucional informó que se había declarado inexequible el Decreto 1085 del 2023, promulgado en julio de este año, con el cual este gobierno declaró el "Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en el departamento de La Guajira" y arrancó con la expedición de una serie de normativas que permitían gestionar recursos para esta región. La decisión del alto tribunal implica que los 12 decretos creados por los distintos ministerios en el marco de esta declaratoria quedaron sin base jurídica. Ahora bien, la Sentencia C-383 2023 de la Corte ordenó, en su segundo artículo, que se concederán efectos diferidos a la decisión tomada por un año, "respecto de la amenaza de agravamiento de la crisis humanitaria por la menor disponibilidad de agua". De acuerdo con Manuel Gómez, asociado senior de Cuatrecasas y especialista en asuntos de energía e infraestructura, esto podría generar debates con respecto a qué medidas quedarían sin sustento y qué otras se mantendrían en pie. Al respecto, Luis Fernando Velasco, ministro del Interior, señaló sobre este punto que la Corte da "un año para utilizar los instrumentos que hemos planteado en los decretos de emergencia y al cabo del mismo, tenemos que tener listas las leyes que mantengan una acción continuada sobre La Guajira". No obstante, Nicolás Arboleda, socio de Arboleda Abogados, expuso que el tribunal genera una delimitación clara con respecto a que sean temas relacionados con la disponibilidad de agua. Por su parte, Jorge Restrepo, profesor de economía de la Universidad Javeriana, recordó que "la Constitución de 1991 reserva la utilización de todos los estados de excepción, incluyendo la emergencia económica, social y ambiental, para circunstancias muy específicas, que van más allá de lo que puede hacer el Gobierno Nacional y los gobiernos locales, con las facultades que ya tienen en términos legales, solamente para circunstancias excepcionales, imprevisibles, para crisis súbitas o inadvertidas, emergentes, como bien lo dice su nombre, y que sean sobrevinientes". "Le envía un mensaje político al gobierno de que tiene que ocuparse de la gestión pública, más que (...) de legislar por decreto sin pasar por el Congreso", agregó Restrepo. Los decretos caídos Si bien queda aún en pie el debate de cómo podría interpretar y acoger el Gobierno el segundo artículo de la sentencia de la Corte, los decretos que inicialmente quedan sin base jurídica son 12. Algunos de ellos son los que hacen referencia a energía, salud, agua y temas sociales. Por ejemplo, el Ministerio de Minas y Energía emitió el decreto 1276, por medio del cual, entre otras medidas, ordenó la suspensión temporal de los contratos de largo plazo obtenidos en las subastas de 2019 y 2021 para aquellos proyectos renovables ubicados en esta zona. Así mismo, se definió que los proyectos en construcción en la región y que tuvieran oferta de energía en firme disponible tuvieran prioridad en la asignación de cargo por confiabilidad de la subasta de 2023. También determinaba que Ecopetrol podría ser generador en este departamento del norte de Colombia. Otro de estos decretos es el 1268 del Ministerio de Comercio, por medio del cual se autorizó la capitalización de la sociedad mixta Salinas Marítimas de Manaure con $61.000 millones; además de determinar una exención de impuestos, tasas y otras contribuciones. El decreto 1269 del Ministerio de Educación decretó que las entidades encargadas de la prestación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) podrán incorporar hasta el 31 de diciembre a sus presupuestos, los recursos asignados desde el Presupuesto General de la Nación para el servicio. Otra de las apuestas que quedó sin piso jurídico tras la caída de la emergencia social, fue la que buscaba crear "una institución de educación superior indígena propia del pueblo wayúu", la cual iba a ser parte del territorio indígena y, según lo dicho por la norma, funcionaría como entidad autónoma del orden nacional para esta población. Por su parte, el Ministerio de Salud definió la formulación, adopción e implementación del "modelo de salud propio e intercultural", así como la creación del Comité de Emergencia Nutricional y Materna para La Guajira. Otro de los decretos es el 1277 del Ministerio de Ambiente, en el cual se toman determinaciones "con el propósito de contribuir al aumento de la disponibilidad del agua con fines de consumo humano, doméstico y de subsistencia", en el que se definió que las autoridades ambientales del departamento deberán priorizar y dar trámite inmediato a las solicitudes de permisos, concesiones o autorizaciones ambientales, conforme a la normativa vigente, "con el objeto de garantizar el acceso al agua para usos de agricultura y acuicultura de subsistencia". Adicionalmente, prohibió adicionar o prorrogar contratos de concesión minera o autorizar expansiones, ampliaciones o nuevos frentes de explotación de los proyectos de minería de carbón, afectando directamente a la operación del Cerrejón. Así mismo, prohibió el desvío de cauces como el del río Ranchería. Otra duda que queda en el aire es qué pasará con el subsidio de renta Wayúu, anunciado la semana pasada por el Departamento de Prosperidad Social, sustentado en el decreto 1272. A partir de ahora, el gobierno tendrá un año para ajustar todos estos elementos que quedaron en el limbo tras el fallo de la Corte Constitucional, que fue contundente al resaltar que se debe trabajar de la mano con el Congreso para solucionar la crisis en La Guajira concertadamente.