El Comercio, Perú
2 de abril de 2024
Productos que deben ser ofrecidos en farmacias y boticas obligatoriamente pasaron de 40 a 434.
El Ministerio de Salud (Minsa) amplió el número de medicamentos esenciales genéricos que deberán ser ofertados de forma obligatoria en las farmacias y boticas privadas del país.
Dentro del Decreto de Urgencia 005-2024 (publicado el 16 de marzo), el Gobierno aprobó el nuevo listado: de 40 ya consignados pasó a 434. Tomando en cuenta las sustancias o ingredientes farmacéuticos activos, se trata en realidad de 278 productos, sin contar con sus diferentes presentaciones.
La Resolución Ministerial 220-2024/Minsa establece que tanto boticas como farmacias deberán contar con un stock mínimo del 30% obligatorio de cada uno de los medicamentos genéricos bajo denominación común internacional incluidos dentro de la lista.
La resolución indica que se trata de medidas extraordinarias.
?Las farmacias y boticas deben mantener disponibles o demostrar la venta y/o adquisición de un stock mínimo mensual del 30% de la oferta total de cada uno de los medicamentos esenciales genéricos?, se lee en el documento.
El Minsa informó que la relación responde a los tratamientos de las enfermedades más comunes por grupo de edad y las más atendidas por consulta externa en los establecimientos de salud. Precisó que contiene medicamentos que corresponden a 28 grupos terapéuticos, entre los que se encuentran los antiinfecciosos, oncológicos, medicamentos para afecciones cardiovasculares, de la especialidad de salud mental, para el dolor, entre otros.
El Comercio revisó minuciosamente la lista y pudo comprobar que se han agregado algunas medicinas no contempladas anteriormente, dirigidas a pacientes con enfermedades como diabetes y cáncer.
Se espera ley definitiva
?La lista de genéricos se incrementó 10 veces más de lo que había, lo que mejorará el acceso a estos medicamentos hasta julio, en tanto se apruebe la ley en el Congreso que es la solución definitiva?, refirió el titular de Salud, César Vásquez.