Jueves, 21 de Noviembre de 2024

Avanza norma para que empresas puedan financiar partidos

PerúEl Comercio, Perú 20 de noviembre de 2024

MANEJO. La Comisión de Constitución aprobó que se restaure la posibilidad con un esquema que habilita aportes de más de S/1 millón (200 UIT). También se plantea que los recursos de las agrupaciones puedan ser usados para pagar a los abogados de sus directivos.

Por ALEXANDER VILLARROEL ZURITA



La Comisión de Constitución del Congreso aprobó la restitución del financiamiento privado por parte de personas jurídicas a partidos políticos. El dictamen incluye nuevas disposiciones para la recepción de aportes ?instaurando, por ejemplo, la figura de aportantes confidenciales?, así como para el uso del financiamiento público directo.





La norma busca modificar la Ley de Organizaciones Políticas. Entre otros, se plantea que los aportes como persona natural y jurídica nacional podrán ser de hasta 200 unidades impositivas tributarias (UIT) cada año por agrupación; es decir, actualmente sería de S/1?030.000.Se agrega que, ?en ningún caso?, ningún aportante podrá dar más de 500 UIT al año, ?sin importar el número de organizaciones políticas a las que aporte?.También se busca instaurar que personas naturales y jurídicas nacionales puedan hacer aportes confindenciales, a través del Banco de la Nación, hasta el 40% de 200 UIT a cada agrupación política; es decir, más de S/400.000. La ley señala actualmente que los partidos ?no pueden recibir aportes anónimos de ningún tipo?.





?Los aportes no declarados o que sobrepasen los límites permitidos no constituyen ni se presumen de fuente prohibida; su infracción genera responsabilidad administrativa?, indica el texto. Esto ha sido cuestionado por especialistas.





En cuanto al financiamiento público directo, se dispone que hasta el 50% de estos fondos no solo será utilizado para el funcionamiento ordinario y la contratación de personal y servicios. Estos últimos ahora ?incluyen servicios de asesoría y patrocinio legal a la organización política como a sus directivos, representantes y voceros?.





Sobre este punto, el presidente de la comisión, Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular), indicó a El Comercio que el uso de esos fondos será ?siempre y cuando estén vinculados a la actividad política?. Aunque el texto no lo deja establecido de forma explícita, dijo que esto podría precisarse en el pleno.





El especialista en derecho electoral Alejandro Rospigliosi advirtió una distorsión al financiamiento público. ?No es para pagar las defensas de los delitos que han cometido los dirigentes. Que lo paguen de su bolsillo, no con el dinero de los contribuyentes?, dijo, aunque respaldó que se permita el financiamiento privado.





Esto también fue destacado por José Manuel Villalobos, experto en derecho electoral, pero cuestionó que se habiliten los aportes anónimos o confidenciales, pues remarcó que lo que se debe promover es la mayor transparencia.





?Valla electoral?





También se aprobó que, para acceder a la distribución de escaños en la Cámara de Diputados o en el Senado, se debe alcanzar al menos el 5% del número legal de miembros o al menos el 5% de votos válidos a escala nacional ?en la respectiva cámara?.





Se estableció como causal de cancelación de inscripción del partido el no haber accedido a la distribución ?en al menos una de las cámaras?. En caso se haya participado en alianza, el requisito de votos válidos se eleva en 1%, ?indistintamente del número de partidos políticos que integren la alianza?.?Solo los partidos políticos conformantes de la alianza que obtengan representación en cualquier cámara mantienen su inscripción?, se apunta.





VOTACIÓN





El texto sustitutorio planteado por Fernando Rospigliosi (Fuerza Popular) recibió 21 votos a favor, cuatro en contra y tres abstenciones. El tema pasará ahora a manos del pleno del Parlamento.

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