La Nación, Costa Rica
8 de enero de 2025
Sala IV afirma que autoridades excluyeron del presupuesto del Ministerio de Educación el porcentaje ordenado del Producto Interno Bruto para presupuesto de 2025
Por unanimidad, la Sala Constitucional determinó que el gobierno violó el mandato constitucional de que la educación pública, general básica y diversificada, es costeada por el Estado debido a que omitió del presupuesto del Ministerio de Educación Pública (MEP) el porcentaje correspondiente al 8% del Producto Interno Bruto (PIB) destinado a financiar la educación pública.
Por unanimidad, la Sala Constitucional así lo declaró al evacuar una consulta de Defensoría de los Habitantes donde advirtió que el proyecto de ley relacionado con la asignación presupuestaria para el sector educación contraviene el Artículo 78 de la Constitución Política, que ordena un mínimo del 8% del Producto Interno Bruto (PIB) para este sector.
Según la Defensoría, esta violación afecta directamente el ejercicio del derecho constitucional a la educación y perjudica a niños, adolescentes y jóvenes del país.
Luis Fernando Salazar, magistrado instructor de la consulta planteada por la Defensoría de los Habitantes, indicó la tarde de este martes que, en un voto unánime de la Sala IV, esta dispuso que el proyecto de ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para este año 2025 es inconstitucional por omisión.
"Esto por cuanto dejó de establecer el porcentaje del 8% del producto interno bruto en el presupuesto del Ministerio de Educación Pública en perjuicio del derecho constitucional a la educación gratuita y costeada por la nación".
Salazar agregó que, de esta manera, la Sala Constitucional viene a rescatar el desarrollo que ha hecho en su jurisprudencia de la educación gratuita y costeada por el Estado, lo cual en nuestro país es un paso progresivo importante desde la independencia de España.
(*) Noticia en desarollo.