Domingo, 02 de Febrero de 2025

El MSP inhabilitó por cinco años a la anestesista que intervino en operación que dejó a paciente en coma

UruguayEl País, Uruguay 2 de febrero de 2025

El dictamen de la Comisión de Salud Pública indicó que la médica, también investigada por la Fiscalía por su actuación durante y después de la cirugía, fue "negligente" e incurrió en una "conducta imprudente y temeraria".

Con base en una resolución de la Comisión de Salud Pública, el Ministerio de Salud Pública (MSP) dispuso la inhabilitación para "el ejercicio de la profesión médica" a la anestesista que intervino en la operación de Soledad Barrera, una pediatra de 41 años que se sometió a un procedimiento básico el 26 de octubre de 2023, en el sanatorio del SMI, tras el cual quedó en estado casi vegetativa hasta su muerte, acaecida 10 meses después.

La paciente no tenía ninguna complicación médica previo a esta cirugía y nada hacía suponer que una operación para extraerse la vesícula pudiera culminar en un paro cardíaco -de duración indeterminada- y en un posterior agravio encefálico como consecuencia de lo que también ocurrió en los minutos posteriores al procedimiento.

"En esta paciente y en este procedimiento antestésico-quirúrgico, de mínimo riesgo, si es correctamente realizado, esta es una muerte evitable", concluye la resolución firmada por la presidenta de la Comisión, la doctora María del Carmen Curbelo, y que determinó que la sanción que recayó sobre la anestesista fuera por un período de cinco años, más una obligatoria "reevaluación profesional, por parte de la Unidad Académica de Anestesiología de la Udelar al vencimiento del plazo estipulado".

La resolución a la que accedió El País -fechada el 3 de diciembre pasado y que ya fue recurrida por la indagada- se basa en los hallazgos de un informe de la médica legista Magela Nicodela -la encargada de analizar el caso a fondo-, que fue "adoptado como suyo" por la Comisión por su "objetividad, precisión, detalle y valoración de los hechos".

El caso, además, está siendo investigado por el fiscal Fernando Romano, quien ya interrogó a los principales actores involucrados a lo largo de 2024 (ver recuadro). La anestesista, en esta oportunidad, declinó hacer declaraciones ante la consulta de El País.

Los problemas

El primer hecho importante de lo ocurrido en la noche del 26 de octubre fue el paro cardíaco que sufrió la paciente a los 20 minutos de comenzada la cirugía, "cuya duración no es posible de establecer con seguridad, pues no quedó registrada, cuyas causas no fueron suficientemente explicadas y que fue responsable de la primera parte del agravio isquémico encefálico", que selló para siempre la suerte de Soledad Barrera.

Sobre lo que ocurrió a partir de ese momento "existen pruebas objetivas de varios apartamientos de la lex artis"; o sea, de las normas y procedimientos técnicos y profesionales que todo médico debe seguir en estos casos.

Por ejemplo, y en primer término, la anestesista "omitió la valoración de la existencia y severidad del eventual agravio encefálico consecutivo al paro o lo hizo incorrectamente. E, interpretando erróneamente la apertura ocular al llamado, la resistencia a la intubación y la hemodinamia estable, como si se hubiera tratado de una anestesia sin complicaciones, procedió a extubar en forma apresurada a la paciente". Mantener en una situación como esta a la paciente intubada "y la ventilación todo (el tiempo) que sea necesario hasta una exigente y profunda valoración" es lo que está recomendado mundialmente que debe hacerse, sostiene el dictamen.

La anestesista tampoco siguió el protocolo en los minutos claves que siguieron a la operación, pues en lugar de enviar a Barrera inmediatamente a la sala de cuidados intensivos -donde los médicos ya estaban enterados de lo sucedido y esperaban que llegara la paciente de un momento a otro- mantuvo a la mujer "durante un tiempo inexplicablemente prolongado" en el área de recuperación postanestésica.

A esta altura, las decisiones tomadas por la anestesista -quien fue desvinculada del SMI en abril de 2024, luego de la investigación interna que realizó el centro de salud- y que a juicio de la resolución fueron producto de una "conducta imprudente y temeraria", ya habían contribuido a "incrementar el daño neurológico" de la paciente.

El tercer apartamiento de las normas se constató durante la cirugía, aunque en este caso no hay elementos que permitan probar -aunque tampoco "negar", de acuerdo al informe de la médica legista- la incidencia en la ocurrencia del paro cardíaco. Pero, de cualquier forma, el desenlace de los hechos en la sala de operaciones es elocuente. Dice el dictamen que "el conocimiento médico probado señala que la causa más frecuente de este tipo de paros intraoperatorios es la hipoxia (déficit de oxígeno), debida, lo más frecuentemente, a problemas de permeabilidad de la vía aérea, depresión respiratoria o mal funcionamiento del aparato de anestesia". Todos eventos que, para ser evitados, exigen un monitoreo continuo. Sin embargo, y aunque no se ofrecen detalles de la cronología de los hechos en esta parte, la investigación determinó que "durante el curso de la anestesia, como ella misma reconoce en sus informes", la anestesista se retiró de la operación para ir al baño "por dos razones diferentes y de distinto valor justificatorio". En un primer momento declaró que se ausentó por una "necesidad repentina de ir al baño"; en otro, la anestesista afirmó que lo hizo solamente para "lavarse la cara por la sensación de embotamiento que de pronto le asaltó".


Como sea, se retiró "sin dar aviso a viva voz al resto del equipo, que es lo que corresponde", pese a que ella declaró que sí avisó, aunque "los cirujanos no lo confirmaron". Pero, sobre todo, se retiró de la sala "sin dejar controlando el curso de la anestesia del paciente a alguien capacitado, por lo que no es posible saber qué ocurrió con el paciente en ese período". "En su informe -agrega el dictamen-, la Dra. afirmó que dejó la vigilancia del paciente al auxiliar de enfermería, pero este lo negó".

¿Cuánto tiempo se ausentó? "No fue posible" establecerlo por la médica legista.

El cuarto apartamiento consignado refiere a la omisión de "realizar el mismo día de la operación, una vez superado el comprensible estrés que le debió generar el paro, el registro de los controles realizados regularmente como hubiera sido lo correcto". En cambio, la anestesista confirmó que eso lo hizo "cinco días después", cuando ya no es posible "recordar con seguridad y con el grado de detalle necesario los hechos acontecidos durante el acto anestésico". Se trata de una omisión que "no tuvo consecuencias directas sobre la paciente, pero (que) también constituye un hecho apartado de la buena praxis".

Al mismo tiempo, el dictamen recuerda que esta anotación a destiempo fue una de las motivaciones que llevaron a la familia de Barrera a realizar una denuncia penal en febrero del año pasado.

En suma, como consecuencia de estas decisiones, a juicio de las autoridades tomadas en forma tardía o equivocadamente, lo que ocurrió fue una "muerte inesperada de una paciente adulta joven con mínimos factores de riesgo anestésico quirúrgico", durante una intervención que, si bien era de "urgencia", no debía haber tenido este desenlace.

"Otras irregularidades" que se consignaron en la investigación

Sobre el final de la resolución de inhabilitación del Ministerio de Salud Pública, se consigna que en la investigación que llevó adelante la cartera hubo "otras irregularidades" que se pasaron "por alto" para dictaminar la inhabilitación de la anestesista, y que para la Comisión de Salud "forman el contexto en que se desarrolló el acto anestésico-quirúrgico imputado".

En el primer punto se hace mención a "incongruencias en los registros de los fármacos controlados que se han utilizado en este caso". Y, en el segundo, a "rumores no confirmados sobre el consumo de estupefacientes", por parte de la anestesista "durante el horario laboral".

Asimismo, el documento menciona la existencia de "rispideces" de esta médica, "con el personal de enfermería que trabajaba con ella, que al parecer no fueron adecuadamente resueltas por la Dirección del Servicio de Anestesia del SMI".

Sin embargo, y como última enunciación antes de pasar al apartado de la sanción dispuesta, se afirma en el documento: "Esta Comisión entiende que en razón del aspecto concreto que denunció la demandante, y en la falta de pruebas objetivas, no le corresponde dictaminar ni resolver sobre estos aspectos".

El 30 de diciembre de 2023, en una nota en la que El País presentó el caso por primera vez, la anestesista se refirió en diálogo con este medio a "rumores" que había entonces sobre su adicción a drogas, puntualmente, el fentanilo. En su defensa, la doctora afirmó que en ese momento se había hecho un "examen toxicológico y un estudio de orina" y que estos habían descartado el consumo de sustancias.

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