El juez Leonardo Méndez estudia decretar el proceso judicial contra Daniela Cabral y Ana Iewdiukow, por su participación en una firma vinculada a la empresa indagada por la Fiscalía.
Redacción El PaísEl juez
Leonardo Méndez ya cuenta con todos los elementos necesarios para resolver si decreta el concurso personal de la viuda de
Gustavo Basso,
Daniela Cabral, y la esposa de Pablo Carrasco,
Ana Iewdiukow. Este lunes, los abogados de todas las partes hicieron sus alegatos finales y ahora el juez cuenta con cinco días hábiles para resolver. Sin embargo, el plazo se ve interrumpido por la feria judicial que comienza este martes, por lo que la decisión judicial se conocerá luego del 15 de julio.
La
solicitud de concurso la presentó una mujer que arrendó aproximadamente 800 hectáreas de campo a la empresa Conexión Genética (otra empresa tomadora de ganado de Conexión Ganadera), en la que eran socios Carrasco, Basso y sus esposas. El primero ya tiene un concurso personal sobre sus espaldas y el segundo falleció. Pero la acreedora, hace meses que no recibe pago por su renta, denunció.
Tanto Cabral como Iewdiukow están sujetas a un
embargo preventivo desde que se decretó el concurso de Conexión Ganadera, en febrero de este año.
Los abogados de la arrendadora, Álvaro Arrillaga y Matías De Freitas, argumentaron que luego de haber oído a todos los testigos, quedó claro que se dan todas las condiciones para declarar el concurso.
En el contrato de arrendamiento, Iewdiukow y Cabral figuraban como fiadoras solidarias, pero "no eran simples fiadoras, eran empresarias que con esa fianza garantizaban el cumplimiento de los contratos de sus empresas, asumiendo responsabilidad solidaria como parte de la actividad empresarial que desarrollaban", dijeron los representantes de la arrendadora.
Hicieron hincapié en que se cumple con los requisitos de que las personas tengan actividad empresaria, que la empresa esté cerrada y que sean insolventes. A su vez, criticaron que en la contestación de la demanda Iewdiukow y Cabral se hayan llamado a sí mismas trabajadoras dependientes y no hayan presentado el contrato de trabajo, recibo de sueldo e historia laboral que certifique esa calidad.
Por último, refirieron a que la forma de demostrar la insolvencia es la misma que se utilizó en otra causa que el juez Méndez conoce bien: la declaración de concurso personal de Pablo Carrasco. Arrillaga y De Freitas fundamentaron que la situación es comparable y en esa oportunidad Méndez aceptó declarar el concurso.
El abogado de Iewdiukow, Giacomino Di Matteo, defendió que no debe decretarse el concurso. Dijo que la solicitante pretendió "diluir las obligaciones impuestas por la ley" y destacó que ella misma reconoció que, previo a pedir el concurso, no formalizó una intimación judicial ni realizó los trámites para que se calcule la
mora por la demora en los pagos. También resaltó que la condición de comerciante está definida en la ley de concurso y no puede utilizarse "en forma automática por integrar como socio una sociedad". Respecto del embargo preventivo, indicó que eso no es símbolo de insolvencia y que para que aplique la presunción relativa de insolvencia debe de haber al menos dos, cosa que no ocurre en el caso.
Por Daniela Cabral habló la abogada Rosanna Butteri, quien utilizó argumentos en línea con los del defensor de Iewdiukow y remarcó que su clienta "jamás fue comerciante", sino que únicamente fue socia de Conexión Genética y empleada del escritorio de su marido. Su vínculo con la primera empresa, aseguró, se limitó a su calidad de socia, puesto que no era administradora. Recordó además que la solicitante del concurso reconoció que nunca la había visto. "Si la intención de la acreedora instante, es resarcirse del crédito, podía y puede presentarse en la sucesión, porque aún no se decretó el concurso de la herencia", argumentó Butteri y aseguró que la arrendadora "desconoce" el alcance de la medida que pidió y que su único interés es que desalojen las
tierras y cobrar los meses de arrendamiento adeudados.