El acuerdo de la comuna con FamilySearch lo analizó la Unidad Reguladora y Control de Datos Personales; su dictamen explica por qué no se cumple con la protección de cierta información.
La Intendencia de Montevideo (IMM) realizó un convenio con FamilySearch -una organización internacional sin fines de lucro vinculada a la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días- para que pueda acceder a los libros de registros de sepultura del Cementerio Central y Cementerio del Buceo. Pero, para la Unidad Reguladora y Control de Datos Personales (Urcdp) -según un dictamen de mayo de su Consejo Ejecutivo- este acuerdo "no se ajusta a la normativa uruguaya de protección de datos personales". A lo que la Unidad sumó, además, la solicitud a FamilySearch International para que lleve adelante la "eliminación de los registros digitalizados realizados en el marco" del convenio con la IMM.
El expediente vinculado al convenio aún está en trámite dentro de la Unidad ya que, según supo El País, se presentaron recursos al dictamen, algo que pueden hacer los interesados. En consecuencia, el Consejo Ejecutivo deberá dar una nueva respuesta.
La IMM -según se desprende del dictamen- argumentó que la "información contenida en esos registros con el tiempo adquiere valor histórico y de investigación". A su vez, informó particularidades del acuerdo, como que se le "permite a FamilySearch el acceso a los libros de registros de sepultura del Cementerio Central y del Cementerio del Buceo para tomar imágenes de alta definición de sus páginas con los cuales crear un registro digitalizado y generar tres productos:
Libros originales cuya titularidad corresponde a la IMM.
Imágenes de esos libros cuya titularidad es compartida entre la comuna y FamilySearch.
Materiales de investigación producto del procesamiento de la información que pertenece a FamilySearch sin perjuicio de que la intendencia puede solicitar una copia para uso interno y no comercial".
A entender de la IMM, los "registros son públicos", por lo que "no se requeriría" el "consentimiento informado previsto" en la ley de protección de datos personales "para su divulgación", y "no existe una problemática en cuanto a su finalidad, por su valor histórico". A lo que sumó que no habrá transferencia de datos personales al exterior por el convenio.
También -ante el envío de antecedentes de dictámenes de la Unidad- la intendencia respondió que "no aplican al caso concreto". Asimismo, "descarta" la aplicación de la normativa vinculada a la comunicación de datos -en el artículo 17 de ley de datos personales- por "entender que no corresponde en el caso de personas fallecidas".
Por su parte, FamilySearch manifestó -dado que la Urcdp ya ha hecho otros dictámenes vinculados a la organización y el tratamiento de datos personales- que el convenio con la IMM es "diferente" a los "antecedentes relevados" en la Unidad "por tratarse de una base pública, con registros de 1835 a 2021, custodiado por una institución pública estatal". Al igual que la intendencia, uno de sus argumentos es un dictamen anterior de la Unidad vinculado a que "en este caso no hay información que afecte a personas vivas".
La organización, además, "afirma que el 98% de los libros son de personas fallecidas y que hay una pequeña parte de datos de personas vivas que define como 'meramente incidentales'". Además de recordar que "su interés legítimo se encuentra en la 'obtención, almacenamiento y distribución de registros genealógicos en todo el mundo', que no realiza cruzamiento de datos, y que la transferencia de datos que realiza se encuentra habilitada por esta Unidad".
En respuesta, la Unidad -según su visión de que son registros públicos, por lo que no habría problema- recordó que en la normativa uruguaya se excluye de ciertas restricciones a los registros en los que "prevalezca el interés general en cuanto a que los datos personales en ellos contenidos puedan ser consultados, difundidos o utilizados por parte de terceros". En esa línea, la Urcdp indicó que "no se ha acreditado ni manifestado un alegado interés general en acceder a esa información, más allá de la afirmación genérica por FamilySearch de que lo realiza con la finalidad de 'obtención, almacenamiento y distribución de registros genealógicos'".
Por otra parte, la Urcdp -en lo vinculado al valor histórico de la información- sostuvo que "no se trata" de si se debe "interpretar si tienen o no tal valor, sino si ese valor implica resignar la protección que brinda la normativa en protección de datos". En este caso -continúa el dictamen- "no se relevaron ni se presentaron normas nacionales que habilite a dejar de considerar la naturaleza confidencial de la información".
Por lo tanto, la Unidad concluyó que hay una "comunicación de datos personales sin encontrarse justificado o legitimado debidamente el interés" de los que firman el convenio. Por un lado, se señaló desde la Urcdp, la "intendencia descarta la necesidad de su acreditación" y, "en el caso de FamilySearch, lo funda en su propio interés de almacenar y comunicar datos genealógicos".
"Tampoco se ha acreditado el cumplimiento de las excepciones previstas en la ley, limitándose a sostener la Intendencia y FamilySearch que no corresponde el consentimiento, o procurando aplicar la excepción" en el artículo 9 -"listados cuyos datos se limiten en el caso de personas físicas a nombres y apellidos, documento de identidad, nacionalidad, domicilio y fecha de nacimiento"-, que "no resulta de aplicación al caso, por contener más datos que los previstos -como por ejemplo la asociación a la persona fallecida", se agregó.
FamilySearch se presenta como una organización internacional sin fines de lucro asociada a los mormones. La fundación se dio en 1894 cuando, en ese entonces la llamada Sociedad Genealógica de Utah, se creó con el "objetivo de ayudar a los miembros" de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días "a encontrar sus árboles familiares", se explica en el sitio web, donde hay motores de búsqueda para acceder a archivos disponibles para consulta.
También se indica que sus recursos "ayudan a millones de personas de todo el mundo a descubrir su legado y a conectarse con sus familiares". Además, dice el sitio web, la "Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días" ofrece las herramientas de "forma gratuita a todas las personas, sin importar sus tradiciones, cultura o afiliación religiosa".
A su vez se informa que "se dedica a la conservación de importantes registros familiares y los hace accesibles en línea, sujetos a las leyes locales". En el dictamen, la Urcdp indicó que, pese a que FamilySearch dice que "no realiza cruzamiento de datos de personas fallecidas con otras eventualmente vivas", este nexo "surge de la propia actividad que manifiesta tener la organización, que implica la posible realización de análisis genealógicos con otra información, y que podría considerarse un 'perfilamiento' de las personas".