Moratoria previsional vetada: los números de un sistema clave y controvertido, y las opciones vigentes ante la falta de aportes
En el sistema previsional sigue vigente una moratoria establecida hace varios años, que permite regularizar aportes correspondientes a meses previos a octubre de 1993
El presidente Javier Milei vetó, mediante el decreto 534 y entre otras normas aprobadas por el Congreso, la ley que reponía el sistema de adquisición de aportes previsionales, conocido comúnmente como moratoria, que hasta marzo de este año les permitió acceder a una jubilación de forma inmediata, en el régimen general de la Anses, a personas que llegaban a la edad mínima requerida sin haber reunido los 30 años de contribuciones que exige la ley
En el sistema previsional sigue vigente una moratoria establecida hace varios años, que permite regularizar aportes correspondientes a meses previos a octubre de 1993
El presidente Javier Milei vetó, mediante el decreto 534 y entre otras normas aprobadas por el Congreso, la ley que reponía el sistema de adquisición de aportes previsionales, conocido comúnmente como moratoria, que hasta marzo de este año les permitió acceder a una jubilación de forma inmediata, en el régimen general de la Anses, a personas que llegaban a la edad mínima requerida sin haber reunido los 30 años de contribuciones que exige la ley.
El fin de la vigencia de ese sistema ocurrió el 23 de marzo, porque eso era lo dispuesto en la ley 27.705, que lo creó en 2023. La norma facultaba al Poder Ejecutivo a prorrogar el plan por dos años, pero el Gobierno optó por no tomar ese camino.
En los últimos años, la mayor parte de las altas de jubilaciones fue para personas que requirieron de moratoria, por no acumular el número exigido. El universo de las prestaciones con moratoria es heterogéneo: hay quienes tenían más de 20 años de contribuciones, y quienes tenían muy pocas o no las tenían.
En el primer semestre de este año, de las 181.549 jubilaciones dadas de alta por la Anses, 129.679 fueron con moratoria (un 71,4%) . Y solo 51.870 (un 28,6%) no tuvieron ese plan de regularización, según la estadística de la Subsecretaría de Seguridad Social. En el caso de las pensiones, la mitad de las 43.661 otorgadas contempló ese plan.
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Los datos se refieren a prestaciones que comenzaron a percibirse en la primera mitad del año. Por eso, la estadística muestra que incluso en el segundo trimestre hubo una amplia mayoría de casos con moratoria, dado que las solicitudes para jubilarse habían ingresado en los meses previos. Además, como se explicará más adelante, hay otra moratoria que se estuvo utilizando y que sigue vigente: la establecida por la ley 24.476. Tal como había anunciado en varios discursos, el presidente Javier Milei vetó las leyes previsionales que había aprobado el Congreso
De las jubilaciones en curso de pago a junio pasado, 3.970.783 -el 68,6%- tuvieron moratoria, en tanto que 1.815.698 -el 31,4%- corresponden a quienes reunieron el requisito de aportes durante la vida laboral. Entre las pensiones por fallecimiento, hay 540.560 con moratoria (alrededor de un tercio) y 1.116.918 sin moratoria.
Problemas de fondo sin resolver
Los datos son, principalmente, un duro reflejo de problemas sociales y laborales de vieja data en el país. Y están también vinculados al hecho de que la ley jubilatoria está desacoplada del mundo del trabajo, porque mantiene una exigencia rígida y no contempla, por ejemplo, prestaciones proporcionales para quienes no llegan a 30 años de aportes, pero sí reúnen, por caso, 15, 20 o 25 años.
A la par del avance de las moratorias, de naturaleza transitoria pero persistentes en la práctica, en los últimos 20 años no se le dio siquiera un principio de solución al extendido problema de la informalidad laboral, que responde a causas diversas. Tal como informó días atrás LA NACION, el actual gobierno puso en marcha en 2024 el plan de blanqueo laboral establecido por la Ley Bases, y tan solo se logró la regularización de 16.703 trabajadores, el 0,3% del universo de asalariados informales estimado por el Indec (unos 5,4 millones).
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Un informe de la Subsecretaría de Seguridad Social de inicios de este año estimó que, por el fin del plan de la ley 27.705 para personas en edad jubilatoria, este año la mitad de los varones y siete de cada 10 mujeres no podrían acceder a la jubilación al cumplir la edad mínima requerida. Se trata de unas 242.000 personas.
El régimen que se buscó reponer -objetivo en el que intentará insistir la oposición en el Congreso- consistía en la compra de aportes correspondientes a determinados períodos y en que, en lugar de pagar por esa adquisición antes de jubilarse, se obtuviera el cobro de haberes, sujetos a un descuento durante un lapso de hasta 120 meses para saldar la obligación declarada con el Estado.
Opciones que siguen vigentes
Según las normativas vigentes, las alternativas a considerar cuando no se llega al requisito de aportes son las siguientes.
-El cobro de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM). Es una prestación creada por ley en 2016, a la que se accede con 65 años de edad (igual requisito para varones y mujeres) sin un piso de aportes requerido y con la condición de pasar un examen socioeconómico (también previsto en las moratorias). Equivale al 80% del haber mínimo. Este mes es de $251.444,30 y se suma el bono de $70.000, para totalizar $321.444,30. En el sistema contributivo, la jubilación mínima más el refuerzo es de $374.305, aunque quienes se jubilan por moratoria cobran menos en los primeros años, porque se descuenta la cuota del plan. La ley de extensión de la moratoria previó flexibilizar el acceso a esta prestación, pero eso también fue vetado.
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-El acceso al sistema de la "unidad de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad". El esquema fue dispuesto por la ley 27.705 sin fecha de vencimiento para su ingreso. Es para personas a las que les faltan 10 o menos años para la edad de jubilación, es decir, para mujeres de 50 a 59 años y varones de 55 a 64 años. Cada unidad de cancelación vale por un mes de aportes y solo pueden comprarse períodos previos a abril de 2012, siempre a partir de que se hayan cumplido los 18 años de edad y con el requisito de haber estado en el país y sin trabajo formal. El precio por cada mes se actualiza por inflación y en agosto ronda los $30.700. En el caso de las mujeres, el sistema permite contabilizar tiempo de aportes por cada hijo que se haya tenido
-La moratoria de la ley 24.476. Es un plan para cancelar aportes no hechos correspondientes a períodos previos a octubre de 1993 y siempre que la persona haya tenido al menos 18 años al momento del primer mes declarado. Por este requisito, es un plan cada vez más restrictivo, que va perdiendo vigencia con el paso del tiempo. Se trata de un sistema previsto en una ley de los años 90, que fue reglamentada en 2005, en un hecho que marcó el inicio de las moratorias de las últimas décadas.
Otros aspectos a tener en cuenta son que la ley permite compensar aportes no hechos con el exceso de edad jubilatoria y que a las mujeres se les reconocen períodos de contribución por sus hijos. En el primer caso, si la persona no se jubila inmediatamente al cumplir 60 o 65 años (según sea mujer o varón), se cuenta un año como aportado por cada dos de exceso en la edad mínima para el beneficio.
En cuanto al reconocimiento por hijos para mujeres, por cada uno se cuenta, como regla general, un año como contribuido, y en caso de haber habido adopción, dos años, en tanto que si se tiene un hijo con discapacidad, se considera un año adicional, y si se accedió a la Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos doce meses, se suman otros dos años adicionales.