UE: aval a inversiones en gas
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó este miércoles el recurso presentado por Austria contra la inclusión de la energía nuclear y el gas en el régimen de inversiones sostenibles de la UE
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) desestimó este miércoles el recurso presentado por Austria contra la inclusión de la energía nuclear y el gas en el régimen de inversiones sostenibles de la UE. En su sentencia, que cuenta con el respaldo de Luxemburgo y admite recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE, el tribunal concluyó que la Comisión Europea actuó dentro de sus competencias al adoptar la clasificación de estas fuentes energéticas en la llamada "taxonomía verde". La taxonomía constituye un sistema de clasificación de actividades económicas que busca orientar las inversiones financieras hacia la transición ecológica. No tiene aplicación inmediata, pero establece criterios técnicos para identificar qué proyectos pueden considerarse sostenibles. Según la normativa, una actividad es sostenible si contribuye sustancialmente a objetivos medioambientales, no causa daños significativos y cumple parámetros definidos por la Comisión. En 2022, la Comisión adoptó un reglamento que valida como sostenibles las centrales nucleares con permiso de construcción antes de 2045 y las plantas de gas que emitan menos de 270 gramos de CO2 por kilovatio-hora hasta 2031, o menos de 100 gramos en el promedio de su vida útil. Austria, entonces gobernada por una coalición de conservadores y ecologistas, rechazó esta decisión y acudió a los tribunales. El TGUE subrayó que la Comisión podía considerar que la generación nuclear produce emisiones casi nulas de gases de efecto invernadero y que, por el momento, no existen alternativas hipocarbónicas viables a gran escala distintas de las renovables. Además, señaló que la institución tuvo en cuenta los riesgos asociados a la operación de centrales, los residuos radiactivos y los posibles accidentes, sin estar obligada a exigir estándares más estrictos que los ya fijados en europea. Respecto al gas, el tribunal respaldó el criterio de que determinadas actividades vinculadas a este hidrocarburo pueden contribuir de forma sustancial a la mitigación y adaptación al cambio climático, siempre que cumplan los límites técnicos establecidos.