Lunes, 13 de Octubre de 2025

Poder Judicial dice que Nabila fue "notificada" de solicitud de libertad de agresor, lo que contradice a Orellana

ChileEl Mercurio, Chile 12 de octubre de 2025

Desde el Sernameg explicaron que no se consideró una comunicación "efectiva" a la mujer: "Esto, sin lugar a dudas, impidió que la víctima pudiera asesorarse debidamente y ejercer sus derechos de manera informada".

La posibilidad de haber podido evitar la libertad del agresor de Nabila Rifo, Mauricio Ortega, es una de las dudas que deja, entre intervinientes en el caso, un informe del Poder Judicial que confirma la debida "notificación", a la víctima, sobre las intenciones de libertad de su expareja, en septiembre.
La causa quedó en el centro del debate en la semana. Ello, luego que se conociera el beneficio de libertad condicional para el condenado que, en 2016, atacó y dejó sin visión a la mujer.
La información contradice los dichos de la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Antonia Orellana, quien había salido al paso de los cuestionamientos por este caso.
En específico, ante las dudas por la falta de celo en la asesoría a Rifo, para que pudiera oponerse a la solicitud de libertad de Ortega.
En redes sociales había dicho: "Quien debía ser notificada era la víctima y la víctima nos ha comunicado que no lo fue (...), nosotros le creemos".
En ese marco, ayer se conoció el certificado del Poder Judicial que expone que, pese a "ser debidamente notificada", no consta que Nabila "haya evacuado descargos o alegaciones respecto de la solicitud de libertad condicional solicitada por el condenado, Mauricio Ortega".
Cambio de domicilio
Desde el Sernameg explicaron que la notificación no se realizó en el "domicilio actual" de la mujer.
La directora del Sernameg, Priscilla Carrasco, pidió "no poner en duda el relato de las víctimas. Hemos expresado públicamente nuestra disconformidad con la decisión de la comisión, de otorgar el beneficio de libertad condicional al condenado, Mauricio Ortega, considerando el informe proporcionado por Gendarmería".
Y que "la víctima no pudo ejercer su derecho a ser efectivamente oída".
Según Carrasco, "en 2017 se consignó, expresamente, que el domicilio de la víctima sería considerado como medio de notificación; sin embargo, en este caso específico no se garantizó la notificación efectiva a la víctima, omitiéndose criterios inclusivos que permitieran superar la barrera de discapacidad que mantiene, circunstancias que son de público conocimiento".
Añade que "esto, sin lugar a dudas, impidió que la víctima pudiera asesorarse debidamente y ejercer sus derechos de manera informada".
Negativo informe
Un reciente escrito de Gendarmería detalló que Ortega no reconocía la agresión a la víctima.
El informe, dado a conocer esta semana, señala que el condenado "mantiene distorsiones procriminales; a pesar de la condena y el tiempo transcurrido, el sujeto niega su participación en los hechos, minimiza y justifica las acciones violentas y no visualiza el daño a la víctima".
Según Chilevisión, estas recomendaciones se entregaron en el marco de la intención de libertad de Ortega.
El documento también indicaría que el hombre aún no reconocería su autoría en los hechos, por lo que no sería recomendable su liberación, tal como ocurrió.
Inicialmente, el agresor fue condenado a 26 años de cárcel; sin embargo, el delito de femicidio frustrado fue recalificado, por lo que su sentencia se redujo a casi 18 años, por los ilícitos de lesiones graves gravísimas y violación de morada. No obstante, Ortega alcanzó a cumplir cerca de la mitad de su condena en prisión, cuando este martes la Corte de Apelaciones de Coyhaique sustituyó la medida privativa de libertad por la de libertad condicional. Junto a la liberación del agresor de Rifo, el tribunal sacó de prisión a otras 23 personas.
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