Cristina Kirchner apeló el fallo que le negó recuperar su pensión de privilegio
Condenada por corrupción, Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria en San José 1111, en la ciudad de Buenos Aires
La expresidenta de la Nación Cristina Kirchner, hoy presa tras ser condenada por corrupción, apeló el fallo que la semana pasada le negó su pedido de recuperar provisoriamente el cobro de la pensión por ser la viuda de un expresidente
Condenada por corrupción, Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria en San José 1111, en la ciudad de Buenos Aires
La expresidenta de la Nación Cristina Kirchner, hoy presa tras ser condenada por corrupción, apeló el fallo que la semana pasada le negó su pedido de recuperar provisoriamente el cobro de la pensión por ser la viuda de un expresidente.
La presentación del recurso de apelación consta de una sola carilla. El texto señala que la decisión de no ordenar el pago de la asignación reclamada le "causa un gravamen irreparable" a la expresidenta, "como oportunamente se sustanciará".
La resolución apelada fue emitida el pasado 5 de noviembre por la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 1. La magistrada rechazó allí un pedido que había hecho Cristina Kirchner para volver a cobrar, vía la admisión de una medida cautelar, la pensión que percibía hasta hace un año por ser viuda del exprimer mandatario Néstor Kirchner.
En el mencionado juzgado se tramita la demanda que inició CFK contra la resolución de la Anses por la cual, a fines de 2024 y tras confirmarse la condena por corrupción en la llamada causa Vialidad por la cual está en prisión, se dieron de baja dos prestaciones de privilegio que percibía: la ya citada pensión y la asignación vitalicia por haber sido presidenta de la Nación.
Ambos ingresos surgen de la ley 24.018 y son considerados de privilegio porque, para su obtención, no se pide cumplir con requisitos ni de edad ni de tiempo de aportes hechos al sistema previsional.
CFK comenzó a cobrar ambos beneficios a la vez luego de terminar su mandato presidencial, porque -todavía bajo su gestión- se le otorgó la jubilación como expresidenta, cuando ya cobraba la asignación como viuda de Néstor Kirchner. Durante el gobierno de Mauricio Macri se le dejó de pagar una de las dos prestaciones (la decisión se justificó en las incompatibilidades que están fijadas por la citada ley). Sin embargo, en marzo de 2021 y en medio de un juicio en trámite sobre la cuestión, la entonces directoria ejecutiva de la Anses y militante camporista. Fernanda Raverta, repuso el pago de la prestación suspendida. Desde entonces y hasta noviembre de 2024 la exfuncionaria percibió ambos ingresos simultáneamente. Un año atrás, la Anses dio de baja las dos prestaciones que privilegio que estaba cobrando Cristina Kirchner
El doble cobro tiene su propia causa en la Justicia, ya que CFK fue en su momento a reclamar no solo la reposición de la prestación que se le dejó de pagar, sino también los montos retroactivos ajustados con intereses.
El artículo 5 de la ley 24.018 indica claramente que el cobro de la asignación de expresidente "es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal". Si bien no hay mención explícita a una asignación vitalicia prevista por la propia ley 24.018, esa misma norma define como una "pensión" a la asignación por ser viuda de un exmandatario. El caso no puede ser equiparado al del cobro simultáneo de jubilación y pensión en el marco del sistema general, que exige determinados requisitos de aportes y años de contribución.
En noviembre de 2024 -último mes de pago- las asignaciones sumaron, en bruto, $35.255.297,73, en tanto que la cifra neta fue de $21.828.203,92, equivalente a casi 70 veces el haber mínimo más el bono pagado en aquel mes por el sistema general de la Anses.
El importe incluía unos $6 millones de plus por zona austral, ya que el domicilio declarado era en Santa Cruz, pese a que era de público conocimiento que la exfuncionaria no residía allí. Por esto último, la Anses hizo el año pasado una denuncia penal.
En aquel penúltimo mes de 2024, mediante la resolución 1092, el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dio de baja ambos beneficios. El argumento fue que el cobro de asignaciones vitalicias por haber ocupado los cargos de presidente o vicepresidente de la Nación resulta incompatible con haber cometido un delito "en ejercicio de la misma función pública" por la cual se accedió al cobro. Cristina Kirchner cumple condena con prisión domiciliaria
La decisión de las bajas se tomó luego de que la expresidenta fuera condenada en segunda instancia por la Cámara de Casación Penal Federal, por ser considerada "autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública". La condena luego resultó confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Argumentos de partes
En el escrito con el que la jueza Alonso Candis -que quedó a cargo de la causa tras un conflicto respecto de a qué juzgado le correspondía- negó la semana pasada la medida cautelar para la reposición de uno de los cobros, se menciona que en su solicitud CKF había invocado "la imposibilidad de subsistencia", y había argumentado que la medida provisoria que estaba solicitando no resolvería todavía la cuestión de fondo de la demanda (la cuestión de fondo es si estuvieron correctamente dadas de baja las prestaciones).
Desde la Anses, en tanto, se había pedido que se rechazara la medida cautelar (tal como ocurrió). Según la presentación del organismo, el beneficio previsto en la ley 24.018 "es una asignación graciable que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño en el cargo", que no tiene carácter contributivo" y, por tanto, "no está sustentando en aportes previsionales que haya realizado el beneficiario".
Con respecto a la causa por la cual está condenada CFK, la Anses expuso que el hecho de que la pena no haya recaído sobre el causante del beneficio de pensión (en referencia a Néstor Kirchner), "no es óbice para que no se haya dispuesto la baja", porque es esperable que "quien perciba dicha pensión no incurra en conductas delictivas en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado Nacional, cuando se trata de una asignación excepcional no contributiva y sostenida por el erario público".