Miércoles, 24 de Diciembre de 2025

Vicios legales y posibles retaliaciones rodean la emergencia económica

ColombiaEl Tiempo, Colombia 24 de diciembre de 2025

La declaratoria de emergencia económica contenida en el Decreto 1390 de 2025 abrió uno de los debates institucionales más intensos de los últimos meses en el país desde diversos frentes en los que, por un lado, defienden la necesidad de la medida, pero por otro, aseguran que viola nuevamente las normas constitucionales, con razones inventadas, que complicarán el panorama fiscal

La declaratoria de emergencia económica contenida en el Decreto 1390 de 2025 abrió uno de los debates institucionales más intensos de los últimos meses en el país desde diversos frentes en los que, por un lado, defienden la necesidad de la medida, pero por otro, aseguran que viola nuevamente las normas constitucionales, con razones inventadas, que complicarán el panorama fiscal. Desde distintas aristas, como la empresarial, la gremial, el sector académico, político y jurídico; han surgido cuestionamientos que coinciden en un punto central y es que el uso de un estado de excepción para enfrentar una crisis fiscal que, lejos de ser sobreviniente, habría sido previsible, estructural y, en buena parte, advertida con antelación. Uno de los reparos más contundentes provino de la presidenta de AmCham Colombia, María Claudia Lacouture, quien sostuvo que el decreto "no es procedente" porque no cumple los requisitos del artículo 215 de la Constitución y en su lectura, el Gobierno intenta llamar emergencia a problemas estructurales y previsibles, sin que haya un hecho extraordinario, lo que abre un serio debate sobre los límites del Ejecutivo. La directiva cuestionó que la crisis del sistema de salud se sustente en órdenes judiciales antiguas, como la sentencia T-760 de 2008 y autos posteriores hasta 2025, al señalar que "eso no es nuevo". En la misma línea, sostuvo que "el hundimiento de la ley de financiamiento en el Congreso no constituye una emergencia, sino una expresión normal del funcionamiento democrático, y que los subsidios de energía responden a cuentas acumuladas por fallas de apropiación y ejecución, no a hechos imprevistos". También advirtió que el decreto abre la puerta a una salida tributaria por excepción y a su juicio, el Ejecutivo estaría anunciando recaudo vía impuestos sin demostrar que los mecanismos ordinarios son insuficientes. Retaliación y pulso jurídico intenso Desde el comercio organizado, el presidente de Fenalco, Jaime Alberto Cabal, elevó el tono del debate al advertir posibles retaliaciones contra los gremios; destacando que según lo que se ha conocido del contenido del decreto, el Gobierno estaría preparando disposiciones que afectarían directamente a las organizaciones gremiales, incluso convirtiéndolas en sujetos pasivos del impuesto al patrimonio, lo que Cabal calificó como una forma de presión e intervención indebida sobre la sociedad civil. Cabal fue enfático al señalar que "la autonomía gremial no es un privilegio, sino una garantía constitucional fundamental para el equilibrio democrático" y recordó que la Constitución y la ley protegen la libertad de asociación y prohíben la intervención del Estado en asociaciones de empleadores, incluso durante estados de excepción. Las críticas desde el ámbito político no han sido menos severas y voces como la del exministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, califican el decreto como una muestra de "confusión y pobreza intelectual", al considerar que mezcla razones que no guardan relación con una verdadera apelación al artículo 215 de la Carta. En un tono igualmente duro, José Manuel Restrepo, exministro de Hacienda y rector de la Universidad EIA, afirmó que el decreto es "francamente muy pobre", plagado de errores y mentiras, y que confirma que el Gobierno "fabrica" una emergencia para luego decretarla. El experto advirtió que "manosear" un estado excepcional para esconder una mala planeación y gestión fiscal es inconcebible y peligroso, pues abre la puerta a que futuros gobiernos utilicen estos mecanismos de manera irresponsable y en su lectura, permitir este decreto sentaría un precedente que debilita el sistema de pesos y contrapesos. A su turno, el senador de Cambio Radical, Carlos Fernando Motoa sostuvo que el Gobierno está desconociendo abiertamente la decisión del Legislativo y vulnerando el principio de separación de poderes. Anunció que solicitará la suspensión provisional, al considerar que no se cumplen las condiciones legales, y que el Legislativo que convoque a sesiones extraordinarias para sentar el rechazo a este tipo de medidas.
Tras más de tres horas de sesión virtual, la Corte Constitucional aclaró ayer que no interrumpirá la vacancia judicial para estudiar el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, mediante el cual el gobierno Petro declaró el estado de emergencia económica y social. El alto tribunal precisó que el control automático de constitucionalidad se activará una vez se reanuden las labores judiciales, conforme a los tiempos y procedimientos previstos por la ley. El pronunciamiento subraya que los estados de excepción están regulados de manera estricta por la Constitución y la ley estatutaria, y que, por tanto, el examen judicial debe realizarse respetando el debido proceso y las reglas de funcionamiento de la Rama Judicial. Así mismo, enfatizó en que el control existe y es obligatorio, pero no puede adelantarse al margen de las normas que rigen la actividad judicial durante los períodos de vacancia. El alto tribunal explicó que la vacancia judicial no es una decisión discrecional frente a casos específicos, sino un régimen estatutario que deriva de situaciones administrativas individuales y colectivas de los servidores judiciales. Estas reglas, recordó la Corte, producen efectos operativos que impiden iniciar actuaciones durante el receso, y solo permiten reactivar el estudio de los procesos cuando se restablece formalmente la actividad judicial.
La Nación Argentina O Globo Brasil El Mercurio Chile
El Tiempo Colombia La Nación Costa Rica La Prensa Gráfica El Salvador
El Universal México El Comercio Perú El Nuevo Dia Puerto Rico
Listin Diario República
Dominicana
El País Uruguay El Nacional Venezuela