Viernes, 26 de Diciembre de 2025

Desmesura legislativa

ChileEl Mercurio, Chile 26 de diciembre de 2025

Sobreestimar las capacidades de la legislación para intervenir y resolver problemáticas sociales ha sido una tendencia que ha acompañado nuestra historia republicana

Sobreestimar las capacidades de la legislación para intervenir y resolver problemáticas sociales ha sido una tendencia que ha acompañado nuestra historia republicana. Son abundantes los ejemplos de normativas que, impulsadas con las mejores intenciones, han terminado generando efectos contrarios a los buscados o, en el mejor de los casos, mostrándose perfectamente inútiles. En esta categoría no entran solo disposiciones dictadas en el pasado que hoy pueden parecer obsoletas, como las que prohíben las carreras de carruajes en las calles de la ciudad o mantener tiestos en un balcón. También es copiosa la legislación aprobada en años recientes sin más resultado que añadir trámites y exigencias a cumplir por los ciudadanos, para luego caer en el desuso. Algo de ello ya está ocurriendo con la norma que obliga, aun en el caso de personas evidentemente adultas, a exhibir el carnet de identidad para comprar alcoholes, o con las que imponen grabar las patentes en los vidrios de los autos y contar con chalecos reflectantes. Pues aunque combatir el alcoholismo o promover la seguridad de los conductores son fines nobles, ello no justifica cualquier iniciativa ni menos garantiza su eficacia.
Aun así, nuestros parlamentarios siguen empeñados en presentar proyectos tan ambiciosos en sus objetivos como dudosos en su contenido. Es el caso, por ejemplo, de la iniciativa del senador Karim Bianchi para regular la difusión de encuestas electorales, con exigencias que, pretendiendo proteger a la ciudadanía de manipulaciones, imponen en los hechos nuevas censuras y agregan a las ya muchas tareas del Servicio Electoral la de también fiscalizar estos estudios.
Otro ejemplo reciente es el del proyecto presentado por el senador Francisco Chahuán para "garantizar el derecho de toda persona mayor a mantener relaciones afectivas y sociales significativas". Otra vez, un fin sin duda inobjetable. El problema es la vía que se propone para lograrlo: "un procedimiento judicial expedito que regule las visitas y el contacto personal, asegurando la protección de su dignidad y bienestar". Así, tal como ocurre hoy con los hijos menores de edad de padres separados, los juzgados de familia deberán también conocer las solicitudes para establecer, suspender o terminar un régimen de visitas de la persona mayor con sus familiares. La solicitud podrá formularla la propia persona, sus familiares, su curador u otros que acrediten vínculos afectivos significativos. El incumplimiento de este régimen será sancionado con multas de 1 a 10 UTM.
La propuesta ha recibido un crítico juicio de la Corte Suprema. En un detallado análisis, el máximo tribunal advierte los problemas que tendría la implementación de esta normativa, así como la falta de referentes en el derecho comparado, salvo una excepción: la "Ley de protección de los derechos e intereses de los ancianos en China", que impone a los hijos adultos la obligación de visitar o comunicarse "frecuentemente" con sus padres mayores. Más allá de las peculiaridades de la sociedad china, la política impuesta por el Partido Comunista de ese país no parece un ejemplo trasladable a nuestra realidad. Pero la Corte hace un cuestionamiento aún más de fondo y es que, en el loable afán por proteger a las personas mayores, lo que en verdad hace el proyecto es homologar su situación a la de los niños y adolescentes, desconociendo su autonomía al punto de poder dar lugar a la imposición de contactos no deseados, afectando su libertad personal y su vida privada en nombre de su supuesto "interés superior". Así, un proyecto que, según se declara, busca proteger la dignidad de las personas mayores, arriesga terminar lesionando esa misma dignidad, sometiéndolas a un trato paternalista e invasivo. Tal es, en definitiva, el resultado de pretender ya no solo regular jurídicamente los afectos, sino judicializarlos, olvidando que se trata de "ámbitos esencialmente subjetivos, cambiantes y fundados en la voluntad libre de los individuos".
Más allá del caso específico de esta iniciativa, esta última reflexión de la Corte constituye un muy pertinente llamado a los parlamentarios a reconocer los límites de su propia tarea y asumir que no siempre la aprobación de una ley es la respuesta más adecuada ante cualquier problema.
Nuestros parlamentarios parecen empeñados en presentar proyectos tan ambiciosos en sus objetivos como dudosos en su contenido.
La Nación Argentina O Globo Brasil El Mercurio Chile
El Tiempo Colombia La Nación Costa Rica La Prensa Gráfica El Salvador
El Universal México El Comercio Perú El Nuevo Dia Puerto Rico
Listin Diario República
Dominicana
El País Uruguay El Nacional Venezuela