Los 'tips' del Gobierno a la hora de comprar vivienda
A fin de proteger los derechos de los consumidores de vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP), el Gobierno presentó recomendaciones para los ciudadanos que ya adquirieron vivienda o que lo harán
A fin de proteger los derechos de los consumidores de vivienda de interés social (VIS) y vivienda de interés prioritario (VIP), el Gobierno presentó recomendaciones para los ciudadanos que ya adquirieron vivienda o que lo harán. El objetivo, agregaron desde el Ejecutivo, es "garantizar información clara, suficiente y oportuna en los proyectos inmobiliarios del país". Una de las precisiones es que el precio de la vivienda debe informarse en pesos colombianos, de forma clara, completa y precisa, y el consumidor solo estará obligado a pagar el valor informado al momento de manifestar su voluntad de compra. La Circular Número 4 de 2024 de la SIC establece que la publicidad y fijación de precios de proyectos de vivienda deben realizarse en pesos colombianos, conforme al artículo 26 de la Ley 1480 de 2011. Los precios informados no pueden modificarse por el solo paso del tiempo, pues ello vulnera el derecho a la información y puede constituir una cláusula abusiva. En los contratos de adhesión, cualquier cláusula que genere un desequilibrio injustificado en perjuicio del consumidor es ineficaz de pleno derecho. Hace unos días, el Minvivienda publicó para comentarios un proyecto de decreto que dejaría el tope máximo general de la VIS en 135 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Esta medida busca evitar alzas desproporcionadas en el precio de la vivienda y proteger la planeación financiera de los hogares.