Lunes, 09 de Febrero de 2026

Casos de insolvencia aumentan, pero sin acuerdo en la mayoría

ColombiaEl Tiempo, Colombia 9 de febrero de 2026

La insolvencia, como elemento para recomponer la normalidad financiera de empresas y personas, registró en 2025 un crecimiento del 41% hasta los casi 15

La insolvencia, como elemento para recomponer la normalidad financiera de empresas y personas, registró en 2025 un crecimiento del 41% hasta los casi 15.000 casos, pero en la mayoría de los casos no se llega a un acuerdo. Y aunque la insolvencia ofrece un respiro a quienes no pueden cumplir con sus obligaciones, el mayor número de casos que se han estado presentando son el resultado de cambios normativos que establecieron la disminución de los requisitos para que las personas naturales puedan acogerse al régimen, y la ampliación de aplicabilidad a pequeños comerciantes que antes se encontraban regidos por la insolvencia empresarial. Un análisis de Asobancaria señala que la insolvencia constituye una etapa crítica con efectos que muchos deudores no anticipan plenamente pues es concebido como una herramienta de auxilio financiero, también trae consecuencias que deben ser tomadas en consideración. La consecuencia más visible es la activación de reportes negativos en las centrales de riesgo crediticio. Este registro no se produce de manera automática ni permanece indefinidamente, pero su duración puede ser significativa y dependerá del tiempo de mora de las obligaciones incumplidas. En la práctica, esta información puede afectar de forma relevante la capacidad del deudor para acceder a nuevos créditos o productos financieros, según Asobancaria. Este sistema de información crediticia, según el gremio "infortunadamente concebido como un castigo, cumple en realidad una función esencial dentro del ecosistema financiero, pues evidencia el comportamiento histórico del deudor y permite a las entidades acreedoras evaluar, con criterios objetivos, el nivel de riesgo que representa un solicitante". Hay que recordar que dentro de los requisitos para la admisión en insolvencia se encuentran dos o más obligaciones en mora superior a 90 días, cuando una persona ha finalizado un proceso de insolvencia y luego solicita de nuevo un crédito, el potencial acreedor no parte de cero, sino que utiliza el historial del comportamiento de pago para medir los riesgos. Por ello, quien se acoge al régimen de insolvencia debe tener plena conciencia y certeza de que los efectos del reporte negativo no se extinguen de inmediato y condiciona su perfil crediticio durante un periodo de tiempo determinado por ley, lo que refuerza la idea de que la insolvencia es un mecanismo de última instancia, para situaciones en las que la persona no cuenta con otra alternativa para cumplir con sus deudas. Asobancaria advierte que proliferan personas y entidades que ayudan a presentar casos de insolvencia pero con la presentación de acreencias inexistentes o alteradas en su cuantía, muchas veces a nombre de familiares o personas cercanas, con el único objetivo de manipular el proceso y perjudicar a los verdaderos acreedores. En tales casos, advierte que el deudor malintencionado puede enfrentar consecuencias penales por delitos como falsedad en documento privado, fraude procesal o abuso del derecho. Asobancaria dice que el deudor debe revelar su información patrimonial, absteniéndose de ocultar bienes o declarar acreencias inexistentes, procurando una negociación razonable y por ello, la educación financiera, el control y la continua búsqueda de la transparencia son indispensables para que no se distorsione, en la práctica, una figura bien intencionada desde su concepción legal.
La Nación Argentina O Globo Brasil El Mercurio Chile
El Tiempo Colombia La Nación Costa Rica La Prensa Gráfica El Salvador
El Universal México El Comercio Perú El Nuevo Dia Puerto Rico
Listin Diario República
Dominicana
El País Uruguay El Nacional Venezuela