Domingo, 22 de Febrero de 2026

El problema de la Ley Lafkenche

ChileEl Mercurio, Chile 22 de febrero de 2026

El paso del tiempo ha demostrado que la manera en que se formuló la Ley 20

El paso del tiempo ha demostrado que la manera en que se formuló la Ley 20.249 (o Lafkenche) fue equivocada. Pensada para reconocer las relaciones culturales e históricas de los pueblos originarios con el mar y sus recursos naturales, se ha transformado en un mecanismo para reclamar amplias áreas de nuestro mar para satisfacer otros objetivos e intereses. Las solicitudes de Espacios Comunes Marítimos para los Pueblos Originarios (ECMPO), el instrumento más relevante de dicha ley, se realizan sobre amplias áreas marítimas que hipotecan por tiempos prolongados la posibilidad de desarrollarlas productivamente. En efecto, mientras se cursan estas solicitudes, la posibilidad de toda actividad alternativa se suspende. Ello ha significado un enorme gravamen, por ejemplo, a la industria del salmón, perdiendo Chile una gran oportunidad para ser un líder mundial en esta actividad.
Por cierto, en muchas de esas reclamaciones no priman los intereses de los pueblos originarios, sino una concepción de que esos desarrollos productivos constituyen una depredación de los recursos "comunes" del mar. Se debe, por tanto, utilizar todos los instrumentos disponibles para frenar este "extractivismo". Las imprecisiones legales, entonces, se convierten en arreglos valiosos para intentar imponer esta visión que, si se revisa la historia de la ley, nunca estuvo en su espíritu.
A medida que se ha acumulado experiencia sobre la implementación de esta ley y sus vacíos, las instituciones estatales han comenzado a comprender mejor sus alcances y a actuar en consecuencia. Así, por ejemplo, la Comisión Regional de Uso del Borde Costero de la Región de Aysén rechazó en dos oportunidades las solicitudes de ECMPO de 620 mil hectáreas realizadas por dos comunidades en Cisnes e isla Huinche. Las apelaciones que estas han hecho a los tribunales no han sido acogidas. Sin embargo, aspiran a perseverar en sus reclamaciones legales, particularmente en el caso Cisnes. Estas reclamaciones indudablemente son fuente de incertidumbre y, por tanto, de postergación de inversión y desarrollo de actividades productivas que, en la práctica, perjudican a comunidades de pueblos originarios que viven de ellas.
En ese sentido, es claro que la ley no está cumpliendo ese objetivo fundamental que la justificó. Se debe, por tanto, revisarla exhaustivamente. Se discute en el Congreso un proyecto de ley que aspira a clarificar los vacíos que incentivan las judicializaciones que no tienen un beneficio para el país y tampoco para las comunidades que se declara defender. Sin embargo, el proyecto es muy tímido para resolver esas inquietudes. Se requieren cambios mucho más precisos que impidan solicitudes indebidas y exageradas, y que, al mismo tiempo, estén mucho mejor justificadas y orientadas por los objetivos específicos que dieron origen a esa ley, incluso estableciendo áreas máximas para estos procesos.
Se requieren cambios precisos que impidan solicitudes indebidas y exageradas.
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