La Nación, Costa Rica
24 de febrero de 2026
Se trata de dos iniciativas de ley, dictaminadas en la Comisión de Reformas Electorales, una del FA y otra del PLP
La Comisión de Reformas Electorales dictaminó afirmativamente, este lunes, dos reformas al Código Electoral que buscan precisar cuáles conductas de los funcionarios públicos podrían constituir violaciones a la neutralidad política que les exige la Constitución Política, así como la autorización para que la Contraloría General de la República pueda investigar si hay uso de recursos públicos en beneficio de alguna agrupación o movimiento político.
Además, una de las iniciativas amplía el plazo de inhabilitación para el ejercicio de los cargos públicos para las personas que se encuentren responsables de haber incurrido en beligerancia política.
Se trata de los expedientes 24.837 y 24.891, de los diputados Gilberto Campos, del Partido Liberal Progresista (PLP), y Antonio Ortega, del Frente Amplio (FA), respectivamente.
La propuesta del congresista liberal aclara que los empleados públicos tienen prohibido dedicarse a trabajos o discusiones de carácter político electoral durante todo el periodo en que estén ejerciendo un cargo público.
Esas modificaciones se hacen en el artículo 164 del Código Electoral, donde se describen todas las actuaciones que podrían ser una violación a la neutralidad política que la Constitución Política les exige a los servidores del Estado.
La iniciativa de Campos también aclara que los funcionarios no pueden usar recursos públicos, insumos ni el personal bajo su mando para beneficiar a ningún partido, candidatura o aspiración político electoral.
Adicionalmente, se incluye a todo el personal de confianza de la Presidencia de la República, jefes de despacho de las dependencias de la Casa Presidencial, de los vicepresidentes y a todos los ministros de Estado como funcionarios a quienes se les impide hacer manifestaciones político electorales de cualquier tipo.
También se incluye en la prohibición a los funcionarios de los medios de comunicación estatales.
El proyecto de ley del PLP incluye un párrafo en el que se describe la potestad de la Inspección Electoral del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para abrir investigaciones de oficio, en caso de que exista sospecha de que el presidente y los vicepresidentes de la República estén incurriendo en conductas de beligerancia política.
La propuesta de Gilberto Campos sintoniza con la de Antonio Ortega en dar potestad a la Contraloría General de la República para investigar, de oficio, el presunto uso de recursos públicos para beneficio de un partido político, de una o varias candidaturas a cargos de elección popular o para intentar incidir en el resultado electoral.
Aumento en el periodo de inhabilitación de servidores
En el caso del proyecto de Ortega, además de establecer la potestad de la Contraloría para investigar el eventual uso de recursos públicos para favorecer partidos políticos o aspiraciones electorales, también especifica cuáles conductas pueden ser beligerancia, entre ellas "manifestaciones, expresiones o conductas" de los funcionarios públicos, dirigidos a incluir en la voluntad electoral, de forma directa o indirecta.
En cuanto a la sanción de inhabilitación para el ejercicio de los cargos públicos para quienes incurran en beligerancia, que actualmente va de dos a cuatro años, la iniciativa dictaminada establece que sería de dos a ocho años.
A diferencia de la reforma de Gilberto Campos, la del frenteamplista establece que la Contraloría realizará una investigación sobre presunto uso de recursos públicos, una vez que el TSE haya declarado que existió alguna conducta de parcialidad en favor de alguna aspiración electoral o partido político.