Jueves, 19 de Marzo de 2026

Mipymes irán al mercado de valores

ColombiaEl Tiempo, Colombia 18 de marzo de 2026

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, URF, busca crear un régimen especial para la titularización de activos de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes)

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera, URF, busca crear un régimen especial para la titularización de activos de micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes). Se busca facilitar que las Mipymes accedan a nuevas fuentes de financiación a través del mercado de valores, permitiendo emitir títulos respaldados por los flujos de pago que generan sus actividades, como facturas u otros derechos de cobro. El mecanismo busca ampliar las alternativas de financiación para las Mipymes, atraer más inversionistas interesados en apoyar el crecimiento empresarial y asignar los riesgos de estas operaciones de manera más eficiente. El proyecto de decreto establece las reglas para realizar titularización de activos originados por Mipymes y establecen quiénes pueden estructurar estas operaciones, cuáles son los requisitos que deben cumplir los activos que respaldan los títulos, las responsabilidades de quienes administran el proceso, las reglas de información y protección para los inversionistas. También se implementaría un mecanismo de inscripción automática en el Registro Nacional de Valores y Emisores (RNVE) para los títulos emitidos en estos procesos, siempre que previamente se entregue la documentación requerida a la Superintendencia Financiera, que permitiría agilizar el acceso al mercado de valores, sin afectar la transparencia ni la protección de los inversionistas. La titularización de activos de Mipymes podrá realizarse a través de titularizadoras de activos no hipotecarios, mediante la creación de universalidades destinadas a estos procesos y las sociedades fiduciarias, a través de patrimonios autónomos constituidos mediante contratos de fiducia mercantil irrevocables. En estos procesos, los activos que respaldan los títulos corresponden a derechos de cobro de las Mipymes, es decir, obligaciones de pago que terceros tienen con estas empresas como resultado de su actividad económica. Estos deberán ser ciertos o determinables, poder ser identificados y transferidos al vehículo de titularización, y generar flujos de pago que respalden el cumplimiento de los títulos emitidos.
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