Temores por la actualización catastral ya contagiaron al agro
Un nuevo problema se le sumó al agro colombiano por cuenta de la modificación del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2022-2026) que está basado en la Ley 2294 de 2023, el cual establece una medida excepcional para reducir el rezago de los avalúos catastrales en el país
Un nuevo problema se le sumó al agro colombiano por cuenta de la modificación del artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo (PND 2022-2026) que está basado en la Ley 2294 de 2023, el cual establece una medida excepcional para reducir el rezago de los avalúos catastrales en el país. Si bien este tema es la causa de la preocupación, en el centro del conflicto también está la Resolución 2057 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (Igac), expedida el 30 de diciembre de 2025, que aumentó los avalúos de predios en 527 municipios del país. En términos generales la normativa ha provocado que el avalúo catastral de los predios, tomado como base de referencia para que los municipios liquiden el impuesto predial unificado, lleve a incrementos en los valores catastrales de predios a partir del primero de enero del 2026, situación que incide en una subida del impuesto predial que pagaron los propietarios de este año. Uno de los puntos de partida tiene que ver con que la mayoría del rezago catastral que tiene el país se concentra en las zonas rurales, hecho que afecta el recaudo, la equidad y la planeación territorial, según lo mencionado por el Igac. De acuerdo con el instituto, actualmente el 92,7% de los predios corresponden a agropecuarios y habitacionales y solamente el 7,3% cuenta con destinos distintos. Además de 520 municipios se incluyeron 1,92 millones de predios. "El 89,9% es decir 1,72 millones de predios tenían hasta el 2025 un avalúo inferior a $50 millones y de estos 35,1% es decir 674.356 predios tenía un valor inferior a $2 millones", detallan. Ahora bien, de acuerdo con Jorge Bedoya, presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), estos incrementos generan que los propietarios de los predios en el campo puedan estar sujetos a nuevos impuestos. "Más cargas tributarias, en un escenario donde los márgenes de la ruralidad son estrechos y muchos sectores como papa, arroz, tomate o huevo y cerdo, de precios a la baja, atenta contra la rentabilidad del renglón", señaló. En ese sentido, la alerta se inclina a que el agro en este momento atraviesa una coyuntura inflacionaria por cuenta del incremento de los precios de los insumos, por la guerra en Medio Oriente, lo que generaría una presión adicional a la tributaria. "Mayores cargas, mayor costo de producción, genera que se baje la rentabilidad. Además, da una señal de inseguridad en las reglas de juego a la hora de contribuir a algo que es tan importante como la seguridad alimentaria de un país", dijo. Camila Andrea Baquero, subdirectora General Igac, aseguró a Portafolio que respecto a la preocupación en términos tributarios (predial, renta y patrimonio), las empresas están obligadas a llevar en estados financieros el reconocimiento del valor comercial de los bienes de los que son propietarios o que tienen registrados como activos en sus cuentas contables. De esta manera, lo que implica la actualización del componente económico de la información catastral, "es llevar a un nivel de coincidencia también los registros administrativos del sistema de información del territorio más importante que tiene el país". Según la funcionaria, esto permite tener una mejor trazabilidad sobre el componente jurídico y físico de los predios, dando mayor eficiencia a los mercados de tierra e incentivando la formalización de las transacciones sobre las propiedades en el sector rural y urbano del país. Así mismo, apuntó que la Ley 1995 establece que para aquellos predios donde no haya una extensión mayor a las 100 hectáreas, el impuesto predial no podrá subir por encima del 50% de lo liquidado el año anterior, y la Ley 44 de 1990 dice que para los predios mayores a 100 hectáreas, este valor de liquidación o aumento no podrá superar el 100 % de lo liquidado en el período anterior. "Tenemos una protección integral a la liquidez, que hoy día, para los propietarios que están aprovechando la tierra en Colombia, no van a tener una afectación directa, inclusive cuando hayamos modificado el valor del avalúo catastral en Colombia. Va haber una transición suave y manejable para las finanzas de las empresas, con una menor afectación a la agroindustria", indicó. El catastro La actualización catastral en Colombia ha avanzado de forma significativa tras los ajustes incorporados en el PND, según explicó Jorge Iván González, ex director del Departamento Nacional de Planeación (DNP). Para el exfuncionario, el país pasó de un rezago promedio superior a 12 años en los avalúos a uno cercano a cuatro años, con 859 municipios ya actualizados, lo que marca un punto clave en la gestión territorial. Este rezago implicaba que, en muchos casos, los valores catastrales estuvieran "ampliamente" desfasados frente a la realidad del mercado, por lo que su actualización ha derivado en incrementos significativos en el valor de los predios. Sin embargo, enfatizó que estos ajustes no deben interpretarse como un aumento automático en la carga tributaria, pues se han diseñado mecanismos para mitigar su impacto en el impuesto predial. De acuerdo con González, para evitar que ello se manifieste en un incremento proporcional en el predial, se han diseñado mecanismos como el Conpes 4177 (DNP 2025). Así mismo, la política pública ha sido clara en evitar una relación directa entre el incremento del avalúo y el del impuesto predial. "No puede haber un aumento simétrico del valor del avalúo y del impuesto predial", sostuvo, al tiempo que explicó que, aunque algunos avalúos crecieron considerablemente por el rezago acumulado, el ajuste del tributo es progresivo y no inmediato. No obstante, advirtió que "el impacto agregado del conjunto de impuestos aún no ha sido estimado".